Un día y medio de descanso obligatorio por cada semana trabajada que puede acumularse en periodos de hasta 14 días: así está regulado en el Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores reconoce un descanso semanal mínimo de día y medio ininterrumpido, que puede acumularse en periodos de hasta 14 días. En el caso de los menores de edad, este derecho se amplía a dos días seguidos. El descanso semanal es uno de los derechos laborales que los empleados adquieren desde el … Leer más