Los propietarios mayores de 70 años cuentan con una vía legal para renunciar al cargo de presidente de la comunidad
La Ley de Propiedad Horizontal no fija una edad máxima para ejercer este cargo, pero permite al propietario designado pedir el relevo judicial si acredita motivos suficientes. La edad avanzada, una enfermedad o la falta de disponibilidad pueden servir para solicitar la sustitución. Ser presidente de la comunidad de vecinos es una obligación para el … Leer más