Los funcionarios que quieran seguir trabajando después de la jubilación tienen esta posibilidad reconocida por el TREBEP
El artículo 67.3 del TREBEP permite solicitar la prolongación del servicio activo. La continuidad no es automática, ya que la Administración puede aceptarla o denegarla mediante una resolución motivada. Los funcionarios que alcancen la edad de jubilación forzosa pueden pedir que se amplíe su permanencia en el puesto. El límite general de esta prórroga está … Leer más