La Seguridad Social estrena un informe que te dice a qué edad podrás jubilarte y la fecha exacta en que la cumplirás

El servicio se incorporó a Tu Seguridad Social el 30 de septiembre. Permite obtener un documento específico sobre la edad y la fecha de jubilación legal.

La Seguridad Social anunció el 30 de septiembre de 2026 un nuevo informe para acreditar la edad legal de jubilación del trabajador. El servicio está incorporado a Tu Seguridad Social y permite descargar un documento con esa edad y la fecha en que se alcanza. La novedad resulta útil para preparar el final de la vida laboral. Su consulta debe distinguirse de la simulación del importe de la pensión y de la solicitud que permite reconocerla.

El nuevo documento responde a una pregunta concreta sobre la jubilación

El anuncio oficial define el servicio como un informe específico acreditativo de la edad legal de jubilación. Incluye también la fecha en que el trabajador cumple esa edad. Por tanto, proporciona una referencia documental para organizar las consultas sobre el retiro. Quien quiera utilizarlo debe acceder al portal oficial Tu Seguridad Social e identificarse. La información pública de acceso contempla certificado electrónico y Cl@ve. Los datos personales concretos solo pueden comprobarse dentro de la sesión del interesado.

Esta función convive con el simulador de la futura pensión, que ofrece una estimación económica según la información y las hipótesis utilizadas. El informe recién anunciado se centra en la edad y su fecha. Una estimación de ingresos sirve para preparar el presupuesto; una acreditación de edad responde a otro dato del expediente. Antes de comunicar una decisión definitiva a la empresa, interesa comprobar ambas cuestiones. El reconocimiento de la pensión exige cumplir sus requisitos y tramitar la solicitud correspondiente.

En 2026 la edad ordinaria depende de los años cotizados

La Ley General de la Seguridad Social mantiene dos referencias para la jubilación ordinaria en 2026. Puede accederse con 65 años cuando se acreditan, al menos, 38 años y tres meses de cotización. Si no se alcanza ese periodo, la edad general es de 66 años y diez meses. El número de años trabajados y la edad deben examinarse conjuntamente. Cumplir 65 años, por sí solo, no sitúa a todos los trabajadores en el mismo supuesto.

Además, existe un periodo mínimo general de cotización para causar derecho a la pensión contributiva: quince años. Dentro de ese periodo, al menos dos deben encontrarse en los quince inmediatamente anteriores al momento correspondiente, según la situación de acceso. Esa condición es diferente de la cotización necesaria para jubilarse ordinariamente a los 65. Por eso, un informe sobre edad no sustituye la revisión de todos los requisitos. Tampoco permite deducir el importe que se cobrará únicamente a partir del cumpleaños.

El calendario de 2027 eleva el periodo exigido para retirarse antes

Desde 2027, la referencia ordinaria pasa a 67 años, salvo que se acrediten 38 años y seis meses de cotización. Con ese periodo, se mantiene el acceso ordinario a los 65. La diferencia respecto a 2026 es de tres meses adicionales de cotización para conservar esa edad. Quienes preparan la jubilación a los 65 años deben situar sus cálculos en el año efectivo del retiro. Utilizar automáticamente el requisito de 2026 para una jubilación posterior puede dar una conclusión equivocada.

Un ejemplo ayuda a entender el cambio. Una persona que cumpla 65 años en 2027 con 38 años y tres meses cotizados todavía no alcanza el periodo exigido. Si sigue cotizando tres meses, llegaría a los 38 años y seis meses, siempre que esos periodos sean computables. No tendría que esperar necesariamente hasta los 67 para cumplir esa condición. Se trata de un supuesto ilustrativo, no de una resolución individual. Las jubilaciones anticipadas y las reglas especiales requieren un análisis separado.

La vida laboral permite detectar datos que necesitan una corrección

El informe de vida laboral recoge altas, bajas y días en situación de alta en los regímenes del sistema. Importass permite consultar esa información y solicitar la incorporación o modificación de datos cuando se detectan errores. Comparar periodos con contratos y otros justificantes ayuda a identificar discrepancias concretas. Ese informe tiene límites: no muestra, entre otros, los periodos trabajados en el extranjero. Su ausencia en esa consulta no permite concluir automáticamente que nunca puedan tener efectos sobre la jubilación.

Para localizar la novedad, puede consultarse el anuncio oficial de la Seguridad Social, fechado el 30 de septiembre, que enlaza con Tu Seguridad Social. Al descargar el documento, interesa comprobar la identificación y conservar una copia para las consultas posteriores. Si la fecha no encaja con la trayectoria laboral, el INSS puede aclarar qué datos y reglas se han utilizado. La revisión conjunta de edad, cotizaciones y requisitos permite preparar la solicitud con una referencia más precisa.

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