El Supremo niega 26.666,64 euros a una trabajadora tras hacerse fija pero reconoce otra compensación

Una auxiliar de enfermería mantuvo el vínculo con la Diputación de Burgos al cambiar de centro. La Sala descarta la indemnización de 20 días por año, pero permite reclamar el perjuicio causado por la temporalidad abusiva.

El Tribunal Supremo ha rechazado que una trabajadora cobre 26.666,64 euros por una supuesta extinción al convertirse en fija. La Sentencia 662/2026, de 9 de julio, considera que la relación con la Diputación de Burgos continuó, aunque cambió de residencia. El fallo, difundido íntegramente a finales de agosto, reconoce además que existió abuso de temporalidad. Esa compensación distinta no se cuantifica en este procedimiento y deberá reclamarse acreditando el daño sufrido.

El cambio de centro no extinguió la relación con la Diputación

La empleada trabajaba como auxiliar de enfermería desde el 1 de enero de 2008 y tenía reconocida la condición de indefinida no fija. Tras superar un proceso de estabilización, obtuvo una plaza fija en la Residencia San Salvador de Oña. Otros litigios han reconocido 35.172 euros tras estabilizar, aunque con hechos y daños distintos. El texto de la sentencia identifica el recurso 1562/2025 y el ECLI ES:TS:2026:3484.

El Juzgado de lo Social número 2 de Burgos entendió inicialmente que había terminado el vínculo anterior. Por eso reconoció 20 días de salario por año, con un resultado de 26.666,64 euros. El TSJ de Castilla y León revocó esa decisión. El Supremo confirma ahora que hubo una modificación contractual, no una ruptura.

La compensación por temporalidad abusiva exige probar el perjuicio

La Sala separa dos conceptos que no deben confundirse. El primero es la indemnización ligada a la extinción del contrato indefinido no fijo. Esa cantidad solo procede cuando termina realmente la relación. El segundo es una reparación por el uso abusivo de contratos temporales. El Supremo aprecia que la relación, mantenida desde 2008, tuvo una duración anormalmente larga y reconoce el derecho a solicitar una compensación por ese abuso.

La sentencia no fija una suma automática ni aplica la fórmula de 20 días por año. La trabajadora deberá plantear una reclamación específica y explicar qué daños le produjo la temporalidad. El tribunal señala que esa cuantificación excede del recurso resuelto. Esta diferencia también separa el asunto de los casos con 32.630 euros tras el cese. Allí, la persona dejó de prestar servicios cuando otra ocupó la plaza.

Qué deben revisar quienes obtienen una plaza fija tras años temporales

El primer dato que debe comprobarse es si hubo baja y nueva contratación o una continuidad del mismo vínculo. También importan el empleador, la plaza, la categoría, las funciones y las condiciones esenciales. La obtención de una plaza fija no genera por sí sola una indemnización extintiva. Tampoco elimina una posible reclamación por abuso si existen contratos sucesivos o una relación temporal anormalmente larga.

El artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores regula las causas de extinción, mientras la jurisprudencia concreta las particularidades del empleo público. La Sentencia 662/2026 confirma el fallo del TSJ, remite testimonio a la Inspección de Trabajo y no impone costas. Su criterio debe aplicarse atendiendo a cada expediente, sin convertir el caso de esta auxiliar en una regla automática para todo el personal temporal.

Deja un comentario