Autónomos con toda una vida cotizando perderán la pensión si no están al corriente de pago aunque cumplan edad y requisitos
El artículo 47 de la Ley General de la Seguridad Social exige estar al corriente de las cuotas cuando el solicitante fue autónomo. Antes de la denegación se remite una invitación al pago con 30 días naturales. La idea clave es clara: si en algún momento trabajaste por cuenta propia y acumulas cuotas impagadas con … Leer más