La nueva norma del Gobierno cambia lo que se podrá servir de comer en hospitales y residencias

El decreto que limita los precocinados, aprobado el 3 de noviembre, incorpora escuelas de cero a tres años y regula las máquinas expendedoras.

El Gobierno aprobó el 3 de noviembre un decreto sobre alimentación saludable para hospitales, residencias y escuelas infantiles de cero a tres años. Consumo anuncia un máximo de tres raciones mensuales de precocinados en hospitales y centros residenciales. Para los menús hospitalarios de menores y las escuelas infantiles, el límite baja a una. La medida introduce diferencias por edad y servicio que impiden aplicar un mismo calendario alimentario a todos los usuarios.

El límite de precocinados alcanza también a centros privados

La información del Ministerio incluye hospitales, centros residenciales y escuelas infantiles de titularidad pública y privada. También menciona bibliotecas, universidades y museos públicos. Para las familias, la ampliación a los menores de tres años resulta especialmente relevante. El Real Decreto 315/2025 ya regulaba la oferta alimentaria escolar desde el segundo ciclo de Infantil, además de otras etapas educativas. Esa delimitación permite distinguir la nueva regulación de las normas de alimentación escolar que se aplican a colegios e institutos.

El anuncio establece un máximo de dos raciones semanales de frituras. Además, excluye alimentos con alto contenido en grasas saturadas, azúcares o sal añadida de los menús infantiles señalados. Los precocinados tienen su propio límite mensual, más estricto para los menores. Por tanto, las dos frecuencias deben comprobarse por separado al revisar una programación. Tres raciones al mes tampoco equivalen a una cada semana: en cuatro semanas, esa distribución sumaría cuatro y superaría el máximo comunicado. El ejemplo compara frecuencias, sin valorar un menú concreto.

La pensión completa exige más raciones que el menú del día

La programación distingue entre quien recibe una comida y quien realiza varias ingestas diarias en el centro. En pensión completa se contemplan al menos tres raciones diarias de hortalizas y entre dos y tres de fruta. Durante siete días, esas frecuencias representan al menos 21 raciones de hortalizas y entre 14 y 21 de fruta. Son cálculos sobre la programación anunciada, no cantidades universales en gramos. La norma exige adaptar los menús a la edad y a las necesidades particulares de cada persona.

También cambia la frecuencia de las proteínas según el servicio. El menú del día debe incorporar al menos un plato principal semanal elaborado exclusivamente con proteínas vegetales. La pensión completa contempla al menos cuatro raciones semanales de platos con esas proteínas. Para el pescado, las referencias son dos raciones semanales como plato principal y tres, respectivamente. Consumo plantea alternar pescado blanco y azul. La mitad de la oferta semanal de productos elaborados con cereales deberá ser integral en los menús diarios, según el comunicado oficial.

El 25% ecológico se calcula sobre el coste de compra

El departamento fija un criterio económico que puede pasar desapercibido al leer solamente los porcentajes. El 25% corresponde al coste total de adquisición de alimentos de producción ecológica. Durante los cuatro primeros años permite un mínimo del 10% para facilitar la adaptación. En una compra hipotética de 10.000 euros, ambas referencias equivaldrían a 2.500 y 1.000 euros. El cálculo no significa que uno de cada cuatro platos deba ser ecológico. Tampoco identifica qué productos concretos compraría cada centro ni cuánto costarán los menús.

Las frutas y hortalizas tienen condiciones adicionales. Al menos el 90% de las primeras y el 30% de las segundas deberán ser frescas y de temporada. La procedencia de circuitos cortos deberá alcanzar, al menos, el 10%. El anuncio combina esas compras con medidas para reducir el desperdicio alimentario, planificar los menús y aprovechar ingredientes. También plantea disminuir los envases monodosis y la vajilla de plástico. Cada obligación tiene una referencia distinta: coste, procedencia, composición o gestión del servicio.

Las máquinas deberán ofrecer un 70% de productos saludables

Las máquinas expendedoras deberán reservar al menos el 70% de su oferta a alimentos y bebidas saludables. Estos productos ocuparán las filas centrales y de mayor visibilidad. En las bebidas calientes, la opción predeterminada tendrá cero gramos de azúcar añadida. El usuario podrá incorporar voluntariamente un máximo de cinco gramos, según Consumo. El decreto también contempla fuentes de agua potable gratuita y señalizada. Las medidas afectan así tanto a las comidas organizadas como a compras rápidas realizadas dentro de las instalaciones incluidas.

La supervisión corresponderá a profesionales con formación acreditada en nutrición humana y dietética. También se prevén cribados para detectar desnutrición en hospitales y residencias. La aprobación del 3 de noviembre debe distinguirse de su calendario de aplicación. El proyecto de diciembre de 2025 preveía doce meses desde la publicación y adaptación específica de contratos. Ese borrador no acredita por sí solo los plazos definitivos.

Para comprobar obligaciones exigibles habrá que atender al texto publicado en el BOE, junto al anuncio oficial de Consumo.

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