La ley laboral lo deja claro: prohíbe a los menores que trabajen entre las 22:00 y las 6:00

Los trabajadores menores de 18 años no pueden realizar trabajos nocturnos en España. El Estatuto de los Trabajadores fija esta limitación para proteger su salud, descanso y desarrollo.

La entrada al mercado laboral puede producirse antes de cumplir la mayoría de edad, pero no de cualquier manera. En España, los menores pueden trabajar si cumplen determinados requisitos, aunque las empresas deben respetar una serie de límites muy claros. ¿El más importante? No pueden trabajar de noche.

Los menores de 18 años no pueden trabajar de noche según el Estatuto

El Estatuto de los Trabajadores establece que los menores de 18 años no podrán realizar trabajos nocturnos. Esta prohibición afecta al periodo comprendido entre las 22:00 y las 6:00, una franja especialmente protegida por la normativa laboral.

La finalidad de esta medida es evitar riesgos innecesarios y garantizar que la actividad profesional no perjudique la educación, el descanso, la salud ni el desarrollo físico y psicológico de los jóvenes trabajadores. Vamos, que la norma pone el foco en que trabajar no puede convertirse en un problema para el menor.

El artículo 6 del Estatuto, dedicado al trabajo de los menores, recoge esta limitación. Además, también impide que puedan desempeñar actividades o puestos con restricciones conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus normas aplicables.

Qué límites deben cumplir las empresas cuando contratan a trabajadores menores

Las empresas que contraten a menores deben tener en cuenta que no solo está prohibido el trabajo nocturno. También existen otras restricciones que buscan proteger a este colectivo, con menos experiencia y capacidad de negociación en el mercado laboral. Estas son las principales condiciones que deben respetarse:

Condición laboral del menorQué establece la normativa
Trabajo nocturnoProhibido entre las 22:00 y las 6:00
Horas extraordinariasNo están permitidas
Jornada diariaMáximo de 8 horas de trabajo efectivo
Descanso en jornada continuaMínimo de 30 minutos si supera las 4 horas y media
Descanso semanalAl menos 2 días ininterrumpidos

Además, los menores no pueden trabajar en actividades declaradas insalubres, penosas, nocivas o peligrosas, tanto para su salud como para su formación profesional o humana.

En caso de que trabajen para varios empleadores, el límite de 8 horas diarias debe computarse sumando las horas realizadas con cada uno de ellos. Por lo tanto, no se puede ampliar la jornada repartiendo el trabajo entre distintas empresas.

Quién puede firmar un contrato laboral siendo menor de edad

El Estatuto de los Trabajadores también deja claro que está prohibida la admisión al trabajo de los menores de 16 años. Hay una excepción concreta: la participación de menores de dieciséis años en espectáculos públicos, que solo podrá autorizarse en casos excepcionales por la autoridad laboral. Para que un menor pueda acceder a un empleo, deben darse estas situaciones:

  • Los mayores de 16 años emancipados tienen capacidad plena para celebrar contratos sin trámites adicionales.
  • Los mayores de 16 años no emancipados, pero menores de 18, pueden trabajar con autorización de sus progenitores o tutores.

Esta autorización resulta clave cuando el menor no está emancipado. ¿Y qué ocurre si la empresa no cumple estas limitaciones? La compañía puede verse envuelta en un problema legal, ya que estas restricciones son de obligado cumplimiento.

En definitiva, los menores pueden incorporarse al mercado laboral, pero siempre bajo condiciones especiales. El trabajo nocturno, las horas extra y las actividades peligrosas quedan fuera de sus posibilidades para garantizar su protección.

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