Kiwoko permite llevar el perro al trabajo todo el año y lo mantiene como beneficio para sus empleados

Una oferta oficial actualizada el 16 de septiembre recoge esta ventaja para las oficinas de Madrid. Llevar el perro al trabajo exige distinguir entre mascotas y perros de asistencia.

Kiwoko permite llevar el perro al trabajo durante todo el año, según el reportaje de Telemadrid publicado el 19 de junio de 2026. La medida sigue apareciendo entre los beneficios que anuncia IskayPet, el grupo al que pertenece la cadena. Una oferta oficial para sus oficinas de Madrid, actualizada el 16 de septiembre de 2026, incluye expresamente el acceso de animales de compañía. Ese beneficio empresarial plantea una distinción importante entre permisos internos y derechos reconocidos por ley.

Una medida que continúa fuera de la jornada conmemorativa

Telemadrid mostró a empleados de Kiwoko trabajando junto a perros y otros animales, incluidos conejos y loros. Los trabajadores entrevistados valoraron poder acompañar a sus mascotas durante la jornada y evitar que permanecieran solas en casa. El reportaje describía una política disponible todos los días, más allá de una celebración puntual. Sin embargo, compartir el espacio requiere atender también a quienes puedan tener alergias a los perros. La convivencia debe organizarse considerando a todo el equipo, no únicamente a los propietarios de animales.

La fecha de esa celebración necesita una precisión. Pet Sitters International, la organización impulsora, situó el Día de Llevar el Perro al Trabajo de 2026 el 26 de junio. Su calendario no recoge el 21 de junio que menciona la pieza de Telemadrid. La oferta posterior de IskayPet confirma que el acceso a las oficinas se anuncia como un beneficio empresarial. No concreta el protocolo de admisión ni permite extender las mismas condiciones a todos los puestos del grupo.

Llevar el perro al trabajo depende de las condiciones de admisión

Para una mascota ordinaria en una oficina privada, el artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores ofrece el marco de organización empresarial. Regula la dirección del trabajo y las instrucciones del empleador, con respeto a la ley y los convenios. De ese marco no se desprende un derecho laboral general a acudir acompañado de un animal. Por ello, el empleado debe comprobar la política del centro y los acuerdos aplicables antes de llevarlo. La aceptación de mascotas en otra empresa no determina las reglas de su oficina.

Los edificios públicos tienen un matiz específico. El artículo 29.3 de la Ley 7/2023 permite el acceso de animales de compañía salvo prohibición expresa, señalizada y visible desde el exterior. Ese precepto regula la entrada al edificio, sin reconocer expresamente un derecho laboral a mantener una mascota durante toda la jornada. La misma ley exige respetar las condiciones higiénicas y las medidas de seguridad establecidas. Por tanto, la admisión al inmueble y las condiciones para trabajar acompañado deben comprobarse por separado.

Las alergias y la seguridad requieren medidas preventivas

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empleador a proteger la salud de su plantilla y evaluar los riesgos del puesto. Su artículo 25 exige una protección específica para trabajadores especialmente sensibles. Aplicado a una oficina con animales, esto obliga a considerar las alergias conocidas y las circunstancias reales de exposición. Una encuesta favorable entre compañeros no sustituye la evaluación preventiva. Si aparecen síntomas o problemas de convivencia, deben comunicarse al responsable y al servicio de prevención para determinar las medidas necesarias.

La organización del espacio también importa. El Real Decreto 486/1997 exige mantener libres las zonas de paso y las vías de evacuación, además de garantizar la limpieza. Al admitir mascotas, sus camas, recipientes y otros accesorios deben ubicarse sin obstaculizar esos recorridos. La formación en prevención laboral debe adaptarse a la evolución de los riesgos y a los nuevos que aparezcan. Son obligaciones generales aplicables al centro, no un protocolo específico que la ley haya diseñado para oficinas con perros.

Los perros de asistencia cuentan con un derecho específico

La situación cambia cuando se trata de un perro de asistencia reconocido. El Real Decreto 409/2025, vigente desde el 17 de junio de 2025, protege su acceso al entorno laboral. Su artículo 7.1.c contempla el puesto y todos los espacios de la empresa, organización o administración en la que la persona usuaria presta servicios. También permite mantener al animal a su lado y exige cumplir la normativa preventiva. Esta protección no corresponde automáticamente a cualquier mascota por proporcionar compañía o apoyo emocional. Debe tratarse de un perro de asistencia conforme a la regulación aplicable.

El decreto admite límites concretos, como condiciones higiénicas evidentemente inadecuadas o un riesgo inminente y grave. También excluye determinados espacios, entre ellos zonas de manipulación de alimentos y quirófanos. Los centros de trabajo deben realizar ajustes razonables para el bienestar del animal, respetando la normativa preventiva. Para una mascota ordinaria, Kiwoko recomienda pedir permiso, confirmar dónde colocar su cama y valorar si tolera personas y otros animales. Antes de acudir, resulta útil solicitar las condiciones de acceso y acordar cuidados, limpieza y salidas. Las garantías para los perros de asistencia pueden consultarse en el artículo 7 del real decreto.

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