Giro de 180 grados en la Inspección de Trabajo: empresa que no cumpla 10.000 euros de multa por cada trabajador

Una de las cosas que están esperando muchos de los trabajadores es la reducción de la jornada laboral de 40 a 37,5 horas semanales. Sin duda, esta nueva medida aprobada por el Consejo de Ministros, tiene pensado publicarse en el BOE antes de verano, y empezar a funcionar antes de que termine el año 2025. Con dicha normativa, las empresas y empleados de las mismas van a notar cambios significativos con esta bajada de horas. Una de ellas, con respecto a los empresarios, son las nuevas multas de Inspección de Trabajo, si no cumplen con la reducción de la jornada laboral.

Algunos de los aspectos a tener en cuenta sobre cómo afecta la reducción de la jornada laboral

Cuando entre en vigor de la reducción de la jornada laboral, los trabajadores van a trabajar media hora menos al día y sin bajada de salario, es decir, van a cobrar lo mismo. No obstante, este reajuste de hora se llevará a cabo por el empresario, quien decidirá cómo hacerlo (existen otras opciones, como quitarte 2,5 h en un mismo día). Otra de las cosas es que la empresa no puede compensar al trabajador las horas de trabajo en vacaciones. Lo que sí es posible es poner estas dos horas y media como extras (sin superar las 80 horas anuales).

Por otro lado, algunos trabajadores se preguntan si, al reducir la jornada laboral, esto afectará al descanso que tienen. La respuesta es que no debería, puesto que dicha reducción solo afectaría al tiempo de trabajo y, por tanto, el descanso debería seguir subiendo el mismo (15 minutos por cada 6 h y 30 minutos de trabajo). Estas son solo algunas respuestas a dudas que pueden salir sobre este tema.

Nuevas multas de Inspección de Trabajo: ejemplo con una empresa de 10 trabajadores

Las multas a las que se enfrentarán las empresas que no cumplan con la reducción de la jornada laboral, van a ser económicas. Inspección de Trabajo va a estar con el ojo encima para que se cumplan con esta nueva medida, y a los empleadores que no lo haga, se les multará en función del tipo de sanción:

  • Leve: multas desde 1.000 a 2.001 euros.
  • Graves: desde 2.001 hasta 8.000 euros.
  • Muy graves: van desde 8.000 euros hasta los 10.000 euros.

Lo interesante de estas multas que la empresa ahora no recibe una multa en general por incumplir la normativa, sino que ahora, la multa será por cada trabajador que no esté cumpliendo. Por tanto, si en una empresa existen 10 trabajadores, la sanción económica al empleador será de 100.000 euros

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