Los nacidos a partir del 1 de enero del 91 y antes del 31 de diciembre del 60 pueden deducirse el alquiler de la vivienda en Andalucía, según Hacienda

La campaña de la Renta 2025-26 ya está en marcha desde el 8 de abril para la presentación por internet y finalizará, con carácter general, el 30 de junio. Entre las consultas más repetidas por los contribuyentes andaluces aparece una cuestión muy concreta: si la deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual en Andalucía está limitada solo a jóvenes menores de 35 años y la respuesta es no.

En Andalucía, la deducción autonómica por alquiler no se reserva únicamente a quienes no hayan cumplido los 35 años. También pueden aplicarla los contribuyentes mayores de 65 años y quienes tengan la consideración de víctima de violencia doméstica, víctima del terrorismo o persona afectada por terrorismo, siempre que cumplan el resto de requisitos exigidos por la normativa autonómica. No obstante, si te confundes en alguna casilla o cometes un error, puedfes modificar la Renta.

Quién puede deducirse el alquiler en Andalucía en la Renta 2025-26

La deducción permite desgravar el 15% de las cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual durante 2025. El límite máximo es de 1.200 euros anuales, aunque se eleva a 1.500 euros si el contribuyente tiene la consideración de persona con discapacidad.

Para poder aplicarla, la suma de la base imponible general y la del ahorro, casillas 0435 y 0460, no puede superar los 25.000 euros en tributación individual ni los 30.000 euros en conjunta. Además, el contribuyente debe identificar al arrendador en la declaración, haciendo constar su NIF.

La edad que cuenta para aplicar la deducción del alquiler

Otro punto importante es la fecha que se toma como referencia para la edad. La norma habla de la fecha de devengo del impuesto, es decir, el 31 de diciembre de 2025. Por tanto, para entrar por el requisito de juventud, el contribuyente no debe haber cumplido los 35 años en esa fecha. En el otro extremo, quienes sean mayores de 65 años a esa misma fecha también pueden beneficiarse de la deducción.

En caso de declaración conjunta, basta con que uno de los cónyuges cumpla alguno de los requisitos personales. Lo mismo ocurre en familias monoparentales, donde deberá cumplirlo el padre o la madre.

El contrato de alquiler también es clave para poder desgravar

No obstante, la deducción corresponde al titular o titulares del contrato de alquiler. Esto significa que, si solo uno de los cónyuges figura como arrendatario, solo serán deducibles las cantidades satisfechas por quien aparece en el contrato.

Cuando haya varios contribuyentes con derecho a aplicar la deducción, cada uno podrá hacerlo sobre las cantidades que haya pagado, con sus propios límites máximos. En tributación conjunta, la deducción se aplicará sobre las cantidades satisfechas por ambos contribuyentes, siempre que al menos uno cumpla los requisitos, con el límite máximo de 1.200 euros por declaración o 1.500 euros si alguno tiene discapacidad.

En qué casillas se pone el alquiler si eres inquilino

En el caso del inquilino, hay que distinguir entre la deducción estatal y la autonómica. La deducción estatal por alquiler solo se mantiene en régimen transitorio para contratos firmados antes del 1 de enero de 2015 y bajo determinados requisitos. En ese caso, se consigna en las casillas 562 y 563, correspondientes a la parte estatal y autonómica de esa deducción general.

Para las cantidades pagadas al arrendador, las referencias habituales son las casillas 719 y 720, mientras que la casilla 721 recoge el importe de la deducción por alquiler de vivienda habitual.

En qué casillas declara el alquiler el propietario

En el caso del propietario o arrendador, el alquiler debe declararse como rendimiento del capital inmobiliario. En Renta Web, el inmueble debe marcarse como arrendado en la casilla 75. Si hay varios propietarios, los ingresos y gastos se imputan según el porcentaje de titularidad, reflejado en la casilla 63.

Además, las casillas 0091 a 0101 sirven para incorporar datos del arrendatario, fecha de inicio del contrato y número de días en los que el inmueble ha estado alquilado.

Andalucía no limita la deducción del alquiler solo a menores de 35 años

La clave está en no confundir la deducción andaluza con una ayuda exclusiva para jóvenes. En Andalucía, en la Renta 2025-26, el alquiler puede deducirse también por mayores de 65 años y por determinados colectivos protegidos, siempre que se respeten los límites de renta, se trate de vivienda habitual y se identifique correctamente al arrendador.

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