La convocatoria anticipada de 2027 permite financiar un solo concepto por persona. La concesión depende del presupuesto y de requisitos económicos y personales.
El Instituto Murciano de Acción Social admite solicitudes de ayudas para personas mayores hasta el 25 de noviembre de 2026. La convocatoria, publicada en el BORM el 14 de octubre, abrió al día siguiente y prevé hasta 3.000 euros para audífonos o tratamientos bucodentales. Se tramita anticipadamente para 2027 y depende de que exista crédito suficiente. Aunque puedan pedirse varias necesidades, solo se concederá ayuda para un concepto por solicitante.
Las ayudas exigen tener 65 años y ser pensionista o cónyuge de pensionista
La persona solicitante debe tener 65 años cumplidos cuando presente la petición, además de residir y estar empadronada en algún municipio murciano. También debe ser pensionista de la Seguridad Social, en cualquiera de sus modalidades, o su cónyuge. La condición de pensionista forma parte de la información que la Administración puede verificar. Si quien solicita es el cónyuge sin pensión, se requiere documentación del matrimonio. Por tanto, compartir domicilio con una persona jubilada no sustituye ese vínculo cuando se utiliza esta vía de acceso.
La necesidad debe haberse producido durante 2026, año de publicación de la convocatoria. Se aceptan presupuestos o facturas con fecha posterior al 1 de enero de 2026, según la resolución. Esto permite presentar una necesidad pendiente de atender o acreditar un gasto ya realizado, cumpliendo las demás condiciones. Las ayudas técnicas requieren informe médico que justifique su necesidad. Para reparaciones o adaptación de vivienda se exige informe social, emitido tras una visita domiciliaria. El presupuesto solicitado y la ayuda resultante deben alcanzar al menos 100 euros. No puede recibirse otra ayuda pública análoga para la misma finalidad. Haber obtenido una similar en los dos años anteriores requiere justificar una nueva necesidad.
Los 3.000 euros cubren un concepto y no se acumulan entre tratamientos
La convocatoria fija hasta 3.000 euros para un máximo de dos audífonos y otro límite de 3.000 para tratamiento bucodental. Las extracciones dentales quedan excluidas porque las cubre el Servicio Murciano de Salud. Para gafas o dos lentes graduadas se contemplan hasta 500 euros. La reparación de elementos estructurales de la vivienda habitual puede alcanzar 2.000, cuando no corresponda asumirla al arrendador. También se prevén hasta 2.000 para sustituir la bañera por ducha o adaptar esta última. Son límites máximos sujetos a valoración.
Si se necesitan audífonos y tratamiento dental, no procede sumar ambos topes y esperar 6.000 euros. El formulario permite ordenar las necesidades por preferencia, pero las bases autorizan conceder solo una por persona y convocatoria. Además, se valoran ingresos, patrimonio, salud y otras circunstancias sociales, con posibles porcentajes correctores. La dotación inicial prevista para 2027 es de un millón de euros. Cuando falte presupuesto para atender solicitudes que cumplan los requisitos, las bases priorizan la entrada de expedientes completos en el registro competente.
La renta se mide por persona y también cuentan los bienes y sus rendimientos
El baremo establece límites mensuales de renta por persona según el tamaño de la unidad de convivencia. Son 1.500 euros cuando vive una sola persona, 1.050 en unidades de dos miembros y 750 cuando hay tres o más. Las bases toman, como regla general, rendimientos brutos del último ejercicio fiscal, salvo variaciones o información administrativa más reciente. Algunas prestaciones finalistas, como las del sistema murciano de dependencia, no computan. Un hogar de dos miembros con 2.000 euros mensuales computables tendría 1.000 por persona, por debajo del límite correspondiente.
Ese cálculo no garantiza la concesión: también se examinan otros recursos y la puntuación obtenida. El baremo excluye cuando el valor catastral de los inmuebles computables supera 43.200 euros. No incluye la vivienda habitual ni determinados bienes ligados a la actividad económica principal. Asimismo, impide acceder si los rendimientos de capital mobiliario del último ejercicio fiscal superan 180 euros. La cifra se refiere a rendimientos, como intereses, no al saldo bancario. Los ingresos deben declararse para toda la unidad de convivencia definida en las bases.
La solicitud necesita presupuesto, informe y una justificación posterior del gasto
El procedimiento 589 admite presentación electrónica y presencial, sin tasa. Para tramitar por internet puede utilizarse un medio admitido, como el certificado digital en el móvil. El expediente incluye padrón colectivo, documento bancario, presupuesto o factura e informes correspondientes. Los presupuestos deben identificar a la persona solicitante y detallar el coste. Padrón e informe médico deben ser recientes, con una antigüedad máxima de seis meses. Las obras en viviendas cedidas o alquiladas requieren acreditar las condiciones de uso y autorización del propietario.
La resolución puede tardar hasta seis meses desde la entrada de la solicitud en el registro competente; el silencio es desestimatorio. Quien reciba la ayuda deberá aportar las facturas justificativas dentro de los tres meses siguientes a la concesión. La justificación se refiere al presupuesto presentado, con el límite máximo previsto para cada ayuda cuando sea inferior. No basta necesariamente con justificar solo el dinero recibido. La convocatoria del BORM y el trámite oficial del IMAS reúnen importes, formularios y documentación.
