Los electores andaluces que quieran votar por correo en las elecciones autonómicas del 17 de mayo deberán solicitarlo antes de que finalice el plazo. Correos recuerda que la petición puede hacerse hasta el jueves 7 de mayo, tanto por internet como en cualquier oficina postal.
Las elecciones al Parlamento de Andalucía del próximo 17 de mayo de 2026 encaran una fecha clave para quienes no puedan acudir a su colegio electoral. El voto por correo se puede solicitar hasta el 7 de mayo, inclusive, y el depósito del voto podrá realizarse hasta el miércoles 13 de mayo en las oficinas de Correos de toda España, dentro de su horario habitual de apertura.
Para poder votar por esta vía, los electores deben solicitar el certificado de inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Este documento es imprescindible para emitir el voto por correspondencia.
Cómo solicitar el voto por correo para las elecciones andaluzas antes del 7 de mayo
La solicitud puede hacerse de forma telemática a través de la web de Correos o presencialmente en cualquier oficina postal de España. En ambos casos, el trámite debe realizarse dentro del plazo fijado, que termina el jueves 7 de mayo.
Si se opta por la vía online, el elector no tiene que desplazarse a una oficina. Eso sí, debe acreditar su identidad mediante autenticación y firma electrónica. Para ello, se aceptan certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza, así como el DNI electrónico.
Por otro lado, quienes prefieran hacerlo en oficina deberán acudir personalmente y presentar el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales ante el empleado de Correos. ¿Conviene esperar al último día? Mejor no. En estos trámites, ir con margen evita prisas y posibles esperas.
Además, Correos ofrece cita previa para agilizar la solicitud en oficinas. Se puede pedir a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual, eligiendo la oficina disponible, el día y la hora que mejor encajen.
Cuándo se recibe la documentación electoral y hasta qué día se puede votar
Correos entrega las solicitudes recibidas a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Andalucía. Desde el 27 de abril, este organismo está enviando a los solicitantes la documentación necesaria para poder votar por correo.
Esa documentación se recibirá en la dirección indicada en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con el domicilio habitual del elector. Por tanto, es importante revisar bien este dato antes de completar el trámite.
Una vez recibidos los documentos, el votante deberá preparar su voto y depositarlo por correo certificado. El plazo para hacerlo finalizará el 13 de mayo de 2026, en el horario habitual de apertura de las oficinas de Correos.
Hay una advertencia importante: si la solicitud, ya sea online o presencial, es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, el elector no podrá votar en la mesa electoral el día de las elecciones autonómicas.
En caso de enfermedad o discapacidad acreditada mediante certificación médica oficial, otra persona podrá presentar la solicitud en nombre del elector, siempre que esté autorizada notarial o consularmente. Es decir, hay alternativas, pero deben estar justificadas y documentadas.
