El BOE confirma una subida de 642 euros en el mínimo de estas pensiones a partir del 1 de noviembre de 2026

El BOE cambia la referencia del IPREM al salario mínimo. Las pensiones familiares derivadas del mismo hecho se computan conjuntamente.

Las pensiones extraordinarias por actos de terrorismo tendrán un mínimo mensual de 2.442 euros desde el 1 de noviembre de 2026. El Real Decreto-ley 31/2026, publicado en el BOE el 21 de octubre, sustituye el triple del IPREM por el doble del salario mínimo. La diferencia respecto al anterior suelo de 1.800 euros alcanza los 642 euros mensuales. La mejora afecta a estas prestaciones especiales, con una regla conjunta para determinadas pensiones familiares.

El nuevo mínimo aumenta 642 euros, pero la subida individual puede variar

El salario mínimo de 2026 está fijado en 1.221 euros mensuales por el Real Decreto 126/2026. Al multiplicarlo por dos, el nuevo importe de referencia alcanza los 2.442 euros. La Seguridad Social situaba el anterior mínimo de estas pensiones en 1.800 euros, equivalente al triple del IPREM. La comparación entre ambos suelos arroja un incremento aproximado del 35,7 %. Son indicadores diferentes, como también sucede con otros efectos del salario mínimo sobre prestaciones y cotizaciones.

Los 642 euros expresan la distancia entre el mínimo anterior y el nuevo. No representan una subida uniforme para cualquier beneficiario. Una pensión individual hipotética de 2.000 euros necesitaría 442 euros adicionales para alcanzar la nueva referencia. Otra de 2.500 euros ya superaría ese mínimo, por lo que este cambio concreto no exigiría elevarla hasta una cantidad superior. Ambos ejemplos son cálculos ilustrativos. Tampoco corresponde trasladar el aumento porcentual del mínimo a todas las pensiones extraordinarias que ya tengan reconocidas otras cuantías.

Qué pensiones están incluidas y cómo se calcula el mínimo familiar

La protección extraordinaria comprende las pensiones por incapacidad permanente derivada de actos terroristas y las prestaciones de supervivencia correspondientes. En la incapacidad, la Seguridad Social contempla personas afiliadas, estén o no en alta, que sufran un atentado del que no sean responsables. La ficha oficial describe una protección especial para incapacidades definitivas relacionadas con esa actividad criminal. Por tanto, la nueva cifra no convierte cualquier pensión ordinaria de una víctima en una prestación extraordinaria. El tipo de derecho reconocido sigue siendo determinante.

Las prestaciones de supervivencia incluyen viudedad, orfandad y pensiones en favor de familiares. Protegen a los beneficiarios de personas fallecidas como consecuencia de actos terroristas, bajo los requisitos de cada modalidad. Para aplicar el mínimo, las pensiones por muerte y supervivencia originadas por el mismo hecho se suman. Así, una viudedad y dos orfandades vinculadas al mismo fallecimiento no generan tres mínimos independientes de 2.442 euros. La referencia corresponde al conjunto; después deben respetarse las reglas aplicables a cada pensión.

El cambio tiene efectos en noviembre y también alcanza a Clases Pasivas

La norma entró en vigor el 21 de octubre, pero establece una fecha específica para esta mejora económica. Sus efectos comienzan el primer día del mes siguiente a la publicación, es decir, el 1 de noviembre. El cambio modifica tanto el artículo 61.2 de la Ley General de la Seguridad Social como el régimen de Clases Pasivas. Esta distinción entre publicación y efectos económicos evita atribuir a octubre una actualización prevista para el mes siguiente.

El importe mínimo tampoco debe confundirse con el máximo general de las pensiones públicas. La información oficial sobre estas prestaciones extraordinarias permite superar ese límite máximo y recoge su exención del IRPF. Son características propias de esta protección, no nuevas medidas creadas por la actualización de octubre. En las pensiones familiares, además, el cálculo inicial tiene sus propios porcentajes y límites sobre la base reguladora. El mínimo garantiza una referencia económica, sin sustituir toda la fórmula que determina el derecho individual.

Dónde comprobar la pensión y solicitar orientación sobre el expediente

En la incapacidad extraordinaria, la gestión corresponde al INSS o al Instituto Social de la Marina para su régimen especial. La Seguridad Social exige acreditar el acto terrorista junto a la documentación general de la solicitud. También explica que determinadas pensiones ordinarias y extraordinarias derivadas del mismo hecho son incompatibles, con posibilidad de optar. Estas condiciones importan al consultar las prestaciones de la Seguridad Social: reconocer una nueva cuantía mínima no elimina las incompatibilidades del expediente.

La Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo ofrece orientación y canaliza solicitudes ante la Administración General del Estado. Interior describe este servicio como una ventanilla única que remite las peticiones al organismo competente. Para consultar una actualización concreta resulta útil identificar la resolución de reconocimiento, su modalidad y el importe mensual anterior. También debe indicarse si existen otras pensiones familiares del mismo hecho. El real decreto-ley publicado en el BOE permite contrastar la referencia económica y su fecha de aplicación.

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