El SEPE permite compatibilizar esta ayuda con un empleo a tiempo parcial mediante el complemento de apoyo al empleo. La medida está pensada para quienes han agotado el paro y necesitan mantener ingresos mientras siguen vinculados al mercado laboral.
Aceptar un trabajo a media jornada no implica perder automáticamente el subsidio para mayores de 52 años. De hecho, esta prestación puede mantenerse como un complemento al empleo, una opción que busca reducir la presión económica en una etapa especialmente sensible, justo antes de la jubilación.
Qué trabajadores pueden cobrar el subsidio para mayores de 52 años trabajando a media jornada
Esta compatibilidad se aplica a quienes, tras agotar la prestación contributiva, acceden a un subsidio y comienzan un trabajo a tiempo parcial. En ese caso, el SEPE no elimina la ayuda, sino que la transforma en un complemento de apoyo al empleo (CAE).
Ahora bien, ¿quiénes pueden solicitarlo? Los requisitos son los mismos que para el subsidio de mayores de 52 años: tener 52 años o más, haber cotizado por desempleo al menos seis años a lo largo de la vida laboral y reunir las condiciones para la jubilación contributiva, salvo la edad. Además, será necesario acreditar al menos 15 años cotizados, con dos de ellos dentro de los últimos 15 años trabajados.
Por otro lado, existe un límite de rentas. Los ingresos mensuales no pueden superar el 75% del SMI, fijado en 915,75 euros. Si hay responsabilidades familiares, el SEPE tendrá en cuenta los ingresos de toda la unidad familiar y dividirá la cantidad entre sus miembros.
Cómo funciona el complemento del SEPE y cuánto dinero se puede recibir
El CAE se aplica de forma automática desde el primer día del contrato a tiempo parcial, salvo que el trabajador pida expresamente su suspensión. Esto quiere decir que la ayuda no se cobra íntegra, pero sí se mantiene una parte como apoyo económico. Porque este punto es clave para muchas personas que dudan si aceptar o no un empleo parcial. Y si es a tiempo completo, ¿cómo solicitar el CAE?
La duración máxima del complemento es de 180 días, es decir, seis meses. Además, los días consumidos como complemento también descuentan tiempo del subsidio disponible. Por tanto, si una persona tiene seis meses de subsidio, podrá percibir el complemento durante ese mismo periodo, pero no más.
En cuanto a la cuantía, el importe varía según el trimestre en el que se reconozca la compatibilidad: 420 euros en el primero, 270 en el segundo, 180 en el tercero, 120 en el cuarto y 60 euros a partir del quinto trimestre. Según se indica en la información facilitada, estas cantidades son fijas y no cambian por modificaciones de jornada o situaciones de pluriempleo repentinas.
