Trabajo aseguró el 9 de septiembre que la norma se aprobaría “con carácter inmediato”. Los últimos datos del INE elevan a 3,09 millones las horas extra semanales no pagadas.
Yolanda Díaz anunció el 9 de septiembre de 2026 que el nuevo registro horario se aprobaría “con carácter inmediato”. Trabajo debía incorporar antes cambios jurídicos derivados del dictamen del Consejo de Estado. Doce días después, el último Consejo de Ministros celebrado, el 15 de septiembre, no incluyó el decreto. Por tanto, el nuevo fichaje digital todavía no está en vigor. La reforma llega con un dato actualizado: España registró 3,092 millones de horas extra semanales no pagadas en el segundo trimestre de 2026.
El registro digital sigue pendiente y no tiene fecha de entrada en vigor
El retraso no elimina la obligación actual de registrar la jornada. Desde 2019, el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores exige anotar cada día el horario concreto de inicio y finalización. La empresa debe conservar esos registros durante cuatro años. Además, deben permanecer a disposición de la plantilla, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo.
El nuevo decreto pretende elevar ese control a un sistema digital con requisitos más detallados. El texto público de octubre de 2025 fijaba su entrada en vigor veinte días después de publicarse en el BOE. Esa previsión todavía no es definitiva. El Congreso rechazó el 10 de septiembre de 2025 el proyecto que reducía la jornada a 37,5 horas y reforzaba el registro. La votación terminó con 178 votos a favor de devolver el proyecto y 170 en contra. Después, Trabajo continuó la tramitación del registro mediante un reglamento específico. Talent24h explicó entonces el contexto del real decreto del registro. Ahora el Ministerio incorpora cambios jurídicos tras el dictamen del Consejo de Estado. El contenido definitivo dependerá del texto que finalmente apruebe el Gobierno.
El borrador amplía lo que debe quedar registrado durante la jornada
El borrador publicado por Trabajo iba bastante más allá de apuntar una hora de entrada y otra de salida. Exigía identificar pausas que no fueran trabajo efectivo, modalidad presencial o a distancia y naturaleza de las horas realizadas. También contemplaba tiempos de espera, medidas de flexibilidad y totalizaciones diarias y mensuales. Las anotaciones debían ser personales, directas e inmediatas. Cualquier modificación posterior tendría que quedar identificada y contar con autorización de la empresa y de la persona trabajadora.
El sistema proyectado debía permitir a cada empleado consultar y obtener copia inmediata de sus registros. Además, la empresa entregaría un resumen mensual junto con la nómina. Los representantes legales tendrían acceso a los asientos de la plantilla y la Inspección podría consultarlos de forma inmediata, incluso a distancia. Ante un fallo técnico, el borrador permitía un sistema alternativo temporal, que después debía digitalizarse. Las empresas también tendrían que aprobar un protocolo y formar a la plantilla. Esa formación computaría como tiempo de trabajo y no podría tener coste para el trabajador.
Las horas extra no pagadas suben de 2,5 a 3,09 millones semanales
El dato económico ha cambiado desde las declaraciones de Díaz. La ministra habló de 2,5 millones de horas extraordinarias semanales sin retribuir, una cifra muy próxima a los 2,508 millones del primer trimestre. En el segundo trimestre, el INE contabilizó 3,092 millones. Son 583.800 horas semanales más y un aumento trimestral del 23,3%, según cálculo propio sobre la EPA. Las horas no pagadas representan el 43% de las 7,184 millones de horas extra semanales registradas en ese periodo.
El nuevo registro no modifica por sí solo las reglas de compensación. El artículo 35 del Estatuto permite pagar las horas extraordinarias o compensarlas con descanso retribuido, según lo acordado. Si no existe pacto, el descanso debe disfrutarse dentro de los cuatro meses siguientes. Talent24h ha explicado cómo se compensan las horas extra cuando no hay acuerdo. Un sistema con mayor trazabilidad puede facilitar la comprobación de la jornada realizada, pero no sustituye estas reglas laborales.
Qué deben vigilar empresas y trabajadores hasta la publicación en el BOE
Para las empresas, el punto decisivo será la publicación del texto definitivo en el BOE. Hasta entonces continúan vigentes las obligaciones actuales, no las condiciones del borrador de 2025. El último Consejo de Ministros celebrado antes del 21 de septiembre, el del día 15, no aprobó el decreto. Tampoco existe todavía una fecha oficial de entrada en vigor. Por esa razón, no puede darse por seguro que se mantenga el plazo de veinte días recogido en el proyecto sometido a audiencia pública.
Para los trabajadores, sigue siendo útil conservar sus registros y comprobar que reflejan la jornada realmente realizada. Si existen horas extraordinarias, su abono o compensación debe contrastarse con el contrato y el convenio aplicable. También continúa vigente el límite anual de horas extra, con las excepciones previstas legalmente. Cuando se publique el nuevo decreto, habrá que revisar la redacción final, sus plazos y cualquier especialidad sectorial que pueda incorporar.
