La Ley de Bienestar Animal fija una edad mínima para ceder o adoptar perros, gatos y hurones. La norma busca proteger su desarrollo y evitar entregas antes de tiempo.
Aunque la normativa estatal de protección animal ya está en vigor, todavía hay personas que desconocen una de sus claves: no se pueden ceder ni adoptar cachorros de perros, gatos o hurones antes de que cumplan ocho semanas de vida, es decir, dos meses.
Esta medida afecta tanto a quienes entregan un animal como a quienes quieren incorporarlo a su hogar. ¿El motivo? Garantizar que el cachorro complete una etapa básica junto a su madre y su camada, algo esencial para su salud, su comportamiento y su desarrollo emocional. Además, hay que tener en cuenta, que si tienes pensado viajar con perros o gatos, deben contar con su pasaporte animal.
Qué exige la Ley de Bienestar Animal para adoptar cachorros
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, publicada en el Boletín Oficial del Estado, recoge esta limitación en su artículo 58. En concreto, establece que «no se permitirá la cesión de perros, gatos y hurones de menos de ocho semanas de edad».
Esto quiere decir que no basta con que el animal ya camine, haya abierto los ojos o parezca independiente. Dicho claro: separarlo demasiado pronto puede pasar factura.
Durante esas primeras semanas, el cachorro aprende pautas sociales básicas, refuerza su sistema inmunológico y completa una fase clave de crecimiento. Por tanto, cualquier entrega, ya sea gratuita o mediante adopción, debe respetar ese plazo mínimo de dos meses.
Requisitos obligatorios antes de ceder o adoptar perros, gatos y hurones
La edad no es el único punto que recoge la norma. La Ley de Bienestar Animal también exige que los animales estén correctamente identificados antes de ser cedidos o adoptados, conforme a lo previsto en la propia normativa.
Además, si la cesión es gratuita, debe formalizarse mediante un contrato donde quede reflejada esa condición. En el caso de las adopciones, solo pueden realizarse a través de centros públicos de protección animal o entidades registradas, siempre con un contrato que incluya las cláusulas mínimas exigidas.
La ley también deja claro que «la adopción no será en ningún caso objeto de transacción comercial». No obstante, sí permite solicitar una compensación por los gastos veterinarios básicos.
Qué papel tienen las tiendas y qué garantías recibe el nuevo titular
Cuando intervienen tiendas de animales, su función queda limitada a facilitar información. No pueden cobrar por la estancia ni por la adopción del animal. Además, los animales no pueden pernoctar en estos establecimientos salvo en condiciones concretas y reguladas.
Antes de ser adoptados, los animales deben haber recibido los tratamientos necesarios, estar identificados y, en la mayoría de los casos, esterilizados o con un compromiso para hacerlo en un plazo determinado.
El nuevo titular también debe recibir información sobre el origen del animal, sus características y un certificado veterinario con pautas de cuidado. En consecuencia, adoptar no debe entenderse como una decisión impulsiva, sino como una responsabilidad a largo plazo.
