Las multas de hasta 50.000 euros que pueden recibir los negocios de hostelería si no protegen a sus trabajadores antes estas situaciones

El verano se acerca y, para muchos bares y restaurantes, eso significa terrazas llenas, más clientes y mucho movimiento. Pero también significa calor, jornadas intensas y trabajadores expuestos al sol más de lo que conviene. Este año, además, la hostelería no llega a la temporada alta con las mismas reglas de siempre.

La nueva modificación del VI Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de la Hostelería incorpora obligaciones específicas frente a episodios climáticos extremos. Y aquí viene la parte que ningún negocio quiere ver en una carta de aperitivo: las multas pueden llegar hasta los 50.000 euros. La clave está en proteger la salud laboral de los empleados cuando haya olas de calor, inundaciones o fuertes nevadas.

¿Qué cambia para bares y restaurantes con la nueva normativa laboral?

Los sindicatos FeSMC-UGT y CCOO Servicios, junto con las patronales Hostelería de España y CEHAT, firmaron el pasado 13 de abril una modificación del VI Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de la Hostelería, conocido como ALEH. Este acuerdo funciona como marco de referencia para regular las relaciones laborales en la hostelería en todo el país.

La novedad principal es que el texto incorpora la realidad climática actual. Es decir, ya no basta con organizar turnos, mesas y comandas: las empresas también deben prever cómo actuar cuando el tiempo se ponga serio, especialmente ante fenómenos meteorológicos extremos.

¿Qué deben incluir los planes de prevención de riesgos laborales?

Los negocios de hostelería tendrán que incluir protocolos específicos en sus planes de prevención de riesgos laborales. Dicho de forma sencilla, estos planes son documentos y medidas que sirven para evitar daños a los trabajadores durante su jornada.

La nueva obligación se centra en situaciones como olas de calor, inundaciones o fuertes nevadas. Por lo tanto, bares, restaurantes y otros establecimientos del sector deberán tener previsto qué hacer antes de que el problema llegue, porque improvisar con una alerta roja encima no parece precisamente el mejor menú del día.

¿Cuándo puede reducirse la jornada o suspenderse la actividad?

En situaciones de especial peligro, las empresas podrán verse obligadas a reducir la jornada. Esto significa acortar el tiempo de trabajo para evitar que los empleados estén expuestos a un riesgo elevado.

También podrá llegar a suspenderse la actividad cuando las circunstancias lo requieran, especialmente si las autoridades emiten alertas naranjas o rojas. En consecuencia, cuando el riesgo climático sea alto, la prioridad deberá ser la salud de los trabajadores, no mantener la terraza abierta a cualquier precio.

¿Qué pasa con las terrazas durante una ola de calor?

Las terrazas son uno de los puntos más sensibles de esta nueva regulación. En los episodios de altas temperaturas, los negocios deberán contar con sistemas de refrigeración que permitan mantener la actividad exterior sin poner en riesgo a los trabajadores.

Esto afecta directamente a bares y restaurantes que dependen de las mesas al aire libre durante el verano. La norma no prohíbe trabajar en terraza por sistema, pero sí exige que haya protección adecuada cuando el calor apriete de verdad.

¿Cuáles son las multas si se incumplen estas obligaciones?

El incumplimiento puede salir caro. Si un empresario obliga a sus empleados a trabajar en una terraza durante una alerta roja sin protección adecuada, podría enfrentarse a sanciones de hasta 50.000 euros.

La razón es que esta conducta puede vulnerar el derecho a la salud laboral. Traducido al lenguaje de la calle: si hay un riesgo serio y no se toman medidas, la factura puede ser bastante más amarga que una ronda mal cobrada.

Qué pueden hacer los negocios para evitar sanciones y proteger a sus trabajadores

La parte práctica es clara: los establecimientos deben anticiparse. No se trata solo de reaccionar cuando ya hay una alerta naranja o roja, sino de tener preparadas las medidas dentro del plan de prevención de riesgos laborales. Para actuar con orden, los bares y restaurantes deberían revisar estos puntos básicos:

  • Incorporar protocolos frente a olas de calor, inundaciones y fuertes nevadas en el plan de prevención.
  • Prever medidas para reducir la jornada en situaciones de especial peligro.
  • Valorar la suspensión de la actividad cuando las autoridades emitan alertas naranjas o rojas.
  • Instalar o disponer de sistemas de refrigeración en terrazas durante episodios de altas temperaturas.
  • Evitar que los empleados trabajen en exterior durante una alerta roja sin protección adecuada.

En definitiva, la nueva normativa obliga a la hostelería a mirar al cielo con algo más que interés por saber si se llenará la terraza. Ahora, cuando el clima suponga un riesgo, las empresas deberán tomar medidas concretas para proteger a sus trabajadores y evitar sanciones que pueden alcanzar los 50.000 euros.

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