La Seguridad Social niega la incapacidad permanente a una cajera con sordera total porque, según la justicia, puede trabajar con audífonos

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ratifica la negativa de la Seguridad Social a reconocer una incapacidad permanente parcial a una cajera de supermercado con sordera total. La sentencia entiende que, pese a su dolencia, puede seguir realizando sus tareas con el uso de audífonos.

Una cajera de supermercado de 50 años, nacida en 1976, no tendrá reconocida la incapacidad permanente parcial que solicitó en febrero de 2022. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha avalado la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que ya había sido confirmada previamente por el Juzgado de lo Social número 7 de Barcelona.

La Seguridad Social deniega la incapacidad permanente parcial por falta de reducción laboral

La clave del caso está en el impacto real de la enfermedad sobre el trabajo. ¿Basta con tener una dolencia grave para cobrar una incapacidad permanente? Según la resolución, no. El tribunal recuerda que esta prestación exige acreditar una disminución de al menos el 33% en el rendimiento laboral, sin impedir el desempeño de la profesión habitual.

En este caso, la trabajadora padece una hipoacusia neurosensorial bilateral severa, de larga evolución, que había empeorado desde 2017. Los informes médicos señalaban una pérdida de audición del 100% y el uso de audífonos en ambos oídos desde diciembre de 2021.

Estos son los datos principales recogidos en el procedimiento:

Dato del casoInformación
TrabajadoraCajera de supermercado de 50 años
SolicitudIncapacidad permanente parcial en febrero de 2022
DolenciaHipoacusia neurosensorial bilateral severa
Limitación auditivaPérdida de audición del 100%
Decisión judicialSe confirma la negativa del INSS

El tribunal, por tanto, no niega la existencia de la enfermedad. Lo que analiza es si esa dolencia reduce de forma relevante su capacidad para trabajar como cajera.

La sordera total de la cajera fue valorada con el uso de audífonos

La sentencia señala que, gracias a los audífonos, la trabajadora podía mantener conversaciones sin problema. Este punto fue determinante, ya que el puesto de cajera exige tareas como el cobro de productos, la atención al cliente, el manejo de caja y el registro de operaciones.

Los magistrados consideraron que estas funciones tienen una exigencia auditiva media baja, situada en un nivel 2 sobre 4. Dicho de forma sencilla, no se trataría de un trabajo con una necesidad auditiva especialmente alta. Vamos, que el tribunal entiende que el uso de audífonos permite compensar sus limitaciones en lo esencial.

Aun así, la sentencia reconoce dificultades concretas, como leer los labios a una persona que lleve mascarilla. No obstante, estas limitaciones no se consideraron suficientes para afectar de manera sustancial al rendimiento laboral.

Según la resolución, también se valoraron los requerimientos físicos del puesto:

  • Esfuerzos moderados.
  • Tareas rutinarias.
  • Funciones no afectadas sustancialmente por la patología.

Con estos elementos, el TSJ concluye que no se alcanza el umbral legal necesario para conceder la incapacidad permanente parcial.

Por qué el grado de discapacidad no supone automáticamente una incapacidad laboral

La trabajadora alegó que tenía reconocido un grado de discapacidad del 41%. Sin embargo, este argumento fue rechazado por los magistrados.

El tribunal explica que la discapacidad administrativa no implica automáticamente una incapacidad laboral. Son valoraciones distintas. En la incapacidad permanente, lo decisivo es cómo afecta la enfermedad al desempeño profesional concreto.

Por eso, aunque la sordera total sea una patología grave, la Justicia entiende que no reduce de forma significativa su rendimiento como cajera de supermercado. En consecuencia, se mantiene la negativa del INSS y no se reconoce la prestación solicitada.

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