Este pueblo andaluz ofrece hasta 3.000 euros para comprar y rehabilitar vivienda admite nuevos vecinos

Los nuevos empadronados pueden recibir hasta 1.500 euros. El dinero se abona tras justificar la compra y las obras, con documentación completa.

Cañete de las Torres ha publicado su convocatoria de 2026 para ayudar a jóvenes de 18 a 40 años a adquirir vivienda. La resolución del 22 de septiembre aparece en el boletín de Córdoba del día 23 y modifica las bases anteriores. Prevé hasta 3.000 euros para vecinos con antigüedad suficiente y hasta 1.500 para nuevos empadronados. La ayuda también contempla solares para construir y exige justificar los gastos antes de recibir el dinero.

Las ayudas de vivienda de Cañete distinguen dos situaciones de padrón

La edad se comprueba al solicitar: hay que tener al menos 18 años y no haber superado los 40. La cuantía máxima alcanza 3.000 euros para vecinos empadronados con una antigüedad superior a tres años. Para quienes se empadronen por primera vez, el límite queda en 1.500 euros. Las bases contemplan residentes y personas que quieran establecerse en el municipio después de su publicación. Sin embargo, al pedir la subvención ya deben figurar inscritos en el padrón y cumplir las restantes condiciones.

El tramo de 1.500 euros no se atribuye expresamente a cualquier persona con menos de tres años de padrón. Quien tenga una situación intermedia debe consultar su encaje con el Ayuntamiento antes de contar con ese dinero. Tampoco se concede automáticamente la cuantía máxima: la ayuda no puede superar el coste total de la vivienda. Al calcular los gastos para comprar vivienda, resulta relevante distinguir la financiación de la operación y esta subvención municipal. Son cantidades con condiciones y momentos de disponibilidad diferentes.

La compra debe vincularse a rehabilitar la vivienda o construirla

La convocatoria incluye la adquisición de una vivienda o un solar dentro del término municipal, con su posterior rehabilitación o construcción. Exige tener suscrito el correspondiente contrato de compraventa. Por tanto, la solicitud requiere una operación concreta que pueda acreditarse documentalmente. Los gastos subvencionables son los importes pagados por la compra y la ejecución de obras para uso de vivienda desde la publicación de las bases. No se presenta como una devolución general de compras realizadas en cualquier año anterior.

Solo puede presentarse una solicitud por referencia catastral. Además, ni el solicitante ni los demás miembros de su unidad de convivencia pueden ser beneficiarios de otras subvenciones en materia de vivienda. La restricción alcanza convocatorias del propio Ayuntamiento y de otras administraciones. Antes de combinar programas, deben comprobarse las ayudas ya concedidas a las personas con las que se convive. Quienes reciban esta subvención se comprometen también a mantener ininterrumpidamente su residencia en Cañete durante los tres años siguientes a la concesión.

El orden de las solicitudes cambia si hay que completar documentos

Las ayudas se tramitan por concurrencia no competitiva, siguiendo el registro de solicitudes completas hasta agotar el crédito disponible. No existe una comparación de proyectos para elegir el mejor. Sin embargo, presentar antes un formulario incompleto no garantiza conservar esa posición. Si la documentación tiene defectos subsanables, el orden que contará será la fecha y hora de la subsanación. El requerimiento concede diez días hábiles desde el siguiente a su notificación. No responder puede terminar el procedimiento por desistimiento, mediante la resolución correspondiente.

La solicitud debe acompañarse del NIF o NIE, certificado histórico de padrón, nota simple del Registro de la Propiedad y certificado de titularidad bancaria. También exige acreditar estar al corriente con Hacienda estatal, Junta de Andalucía, Hacienda local y Seguridad Social. Puede presentarse en el Registro General municipal, en la plaza de España, 1, o por la sede electrónica. Quienes utilicen esta última vía pueden revisar su certificado digital antes de preparar el envío. Los anexos oficiales incluyen el formulario y las declaraciones necesarias.

El pago llega después de justificar y el plazo depende del extracto

La transferencia se realiza una vez justificado el gasto de adquisición y rehabilitación o construcción. Para cobrar, las bases solicitan escritura de compraventa, certificación final de obra y licencia de primera ocupación. La justificación debe presentarse como máximo dentro de los tres meses siguientes al otorgamiento de la ayuda. Ese límite resulta especialmente relevante si todavía quedan trabajos pendientes. No basta con recibir una resolución favorable para disponer inmediatamente del dinero. Además, las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deben seguir cumplidas al pagar.

El Ayuntamiento dispone de tres meses desde la solicitud para resolver; si vence ese plazo sin resolución, el silencio es desestimatorio. Las bases vinculan el inicio de solicitudes al día siguiente de publicarse el extracto de la convocatoria en el boletín provincial. Por ello, hay que comprobar ese anuncio antes de registrar la petición y consultar el plazo aplicable en la sede municipal. El agotamiento del crédito puede cerrar la convocatoria mediante otra resolución publicada.

Las bases oficiales completas contienen los requisitos y modelos para preparar el expediente.

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