La trabajadora, con 14 años de antigüedad en un supermercado de una localidad de A Coruña, fue despedida de forma disciplinaria tras intentar camuflar producto por más de 36 euros. La Justicia ha confirmado que el cese es procedente, sin indemnización ni readmisión.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia ha ratificado el despido de una auxiliar de pescadería después de que quedara acreditado que preparó una bolsa de mejillones con otros artículos de mayor valor para llevárselos sin abonarlos.
Los hechos ocurrieron en diciembre de 2023 y desembocaron en una carta de despido por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza, al amparo del artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.
El caso de la auxiliar de pescadería en A Coruña y la bolsa de mejillones
Según detalla la sentencia, la empleada introdujo en una bolsa 600 gramos de mejillones, 725 gramos de cigala viva y dos bolsitas de huevas “con la mendaz intención de apropiarse de forma ilícita de mercancía dispuesta para la venta”. Después, dejó la bolsa en una mesa de la sección y siguió trabajando.
Horas más tarde, llegó un pedido de un kilogramo de mejillones para un establecimiento de hostelería, cliente habitual de la tienda. Otras compañeras cogieron la bolsa preparada por la trabajadora pensando que era ese encargo, sin sospechar lo que contenía.
Al recibir el pedido, la persona del restaurante lo abrió y encontró las cigalas y las huevas, por lo que avisó a la dirección del supermercado. La etiqueta marcaba 1,65 euros, correspondiente a los 600 gramos de mejillones, mientras que el valor de las cigalas ascendía a 36,18 euros, de modo que “figuraba un precio de adquisición más de 20 veces menor que el propio de los artículos habidos en el interior”.
La comprobación interna del supermercado sobre el estado real de las cigalas
Más tarde, ya con el turno finalizado, la empleada llamó para interesarse por la bolsa. Explicó que había metido unas cigalas que llevaban a la venta 2 o 3 días y que “no resultaban ya aptas para su comercialización”. También admitió que sabía que había hecho mal, pero sostuvo que, como no se podían vender, las metió en la bolsa y luego se olvidó de llevársela.
Sin embargo, la dirección verificó que esa versión no era cierta. Comprobaron que ese mismo día habían entrado unos 2 kilogramos de cigala y se habían vendido 425 gramos, y confirmaron que faltaban 725 gramos, coincidiendo con la cantidad detectada dentro de la bolsa. Además, concluyeron que no era género anterior y que solo quedaban 900 gramos.
Con estos elementos, el supermercado remitió a finales de diciembre de 2023 la carta de despido disciplinario por una grave transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza.
Del Juzgado de Santiago al TSJ de Galicia: despido procedente sin indemnización
La trabajadora acudió a los tribunales al no estar conforme con el cese. No obstante, el Juzgado de lo Social nº3 de Santiago de Compostela desestimó su demanda y dio por válido el despido, al apreciar múltiples pruebas en su contra, entre ellas fotografías y documentos internos.
El asunto llegó después al TSJ de Galicia, que confirmó la sentencia de instancia. Pese a que la empleada insistía en que el producto no era apto para la venta y negaba intención fraudulenta, el tribunal terminó avalando la procedencia del despido, sin derecho a indemnización ni readmisión por conducta dolosa.
Qué refuerza esta sentencia sobre buena fe y confianza en el trabajo
El fallo pone el foco en la quiebra de confianza cuando se intenta sacar mercancía de la empresa camuflándola en un producto de precio muy inferior. En este caso, además, el tribunal da relevancia a la existencia de pruebas internas y a las comprobaciones realizadas sobre el género y las cantidades disponibles.
Por este motivo, la resolución confirma que, incluso con una larga antigüedad, una actuación considerada dolosa puede derivar en un despido disciplinario procedente.
