Alcoy ofrece 2.000 euros por abrir un comercio y otros 300 por cumplir esta condición

La ayuda principal cubre hasta el 80% del gasto admitido y el complemento exige un rótulo permanente en valenciano. El plazo termina el 6 de octubre.

Quienes hayan abierto una tienda en Alcoy o tomado el relevo de un comercio este año pueden recuperar parte de lo invertido. El Ayuntamiento abrió el 9 de septiembre de 2026 una convocatoria que permite recibir hasta 2.300 euros por establecimiento. La ayuda principal alcanza 2.000 euros y puede sumar otros 300 por rotulación en valenciano. Las bases dejan fuera el alquiler y la mercancía destinada a venderse.

Qué negocios pueden solicitar las ayudas al comercio de Alcoy

El programa dispone de 50.000 euros, repartidos inicialmente entre nuevas aperturas y transmisiones, con 25.000 euros para cada línea. Si una modalidad no agota su partida, el dinero sobrante podrá trasladarse a la otra. Pueden solicitarlo personas físicas, personas jurídicas y comunidades de bienes con consideración de microempresa. El establecimiento debe estar abierto al público, en planta baja y con acceso directo desde la calle. Se exige alta censal y estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y Ayuntamiento.

La apertura o adquisición debe haberse producido desde el 1 de enero de 2026. Cada solicitante puede elegir una sola modalidad. La transmisión incluye operaciones entre particulares y relevos familiares, siempre que continúe la actividad. Esta segunda línea permite mantener negocios abiertos frente al cierre por jubilación, aunque también admite otros cambios de titularidad. Quedan excluidos industria, servicios, hostelería, restauración, farmacias, estancos, administraciones de lotería, gasolineras y grandes superficies. Un cambio de propietario no se considera una nueva apertura.

Cómo se alcanza el máximo de 2.300 euros por establecimiento

La subvención principal cubre hasta el 80% de los gastos admitidos, sin superar 2.000 euros. Los 300 euros adicionales sí se suman, pero solo si se concede la ayuda principal. El rótulo debe ser permanente, estar en valenciano y acreditarse con fotografías. No es una ayuda separada que pueda pedirse únicamente por colocar un cartel. El importe conjunto tampoco puede superar el coste de la actuación subvencionada. Por tanto, no todos los solicitantes tendrán derecho al máximo anunciado.

Como cálculo orientativo, justificar 2.500 euros de gasto admitido permite alcanzar el límite ordinario: el 80% son 2.000 euros. Con el incentivo completo, el apoyo podría subir a 2.300 euros, el 92% de ese gasto. Si la inversión admitida fuera de 4.000 euros, el techo seguiría siendo 2.300 euros. Estos ejemplos suponen la concesión máxima y no garantizan el cobro. La valoración otorga hasta 50 puntos a la inversión, 30 a la calidad y viabilidad y 20 a la contribución al comercio local.

Qué gastos se admiten y por qué no hay dinero por adelantado

Pueden entrar obras de adecuación, instalaciones, mobiliario, equipos informáticos, páginas web, escaparates y rotulación. Las bases también contemplan gastos del traspaso y honorarios profesionales vinculados a la apertura o transmisión. Deben haberse realizado y pagado entre el 1 de enero y el 6 de octubre de 2026, con factura y justificante. No bastan presupuestos pendientes de abono. Además del alquiler y las existencias, quedan fuera suministros e IVA recuperable o compensable.

El Ayuntamiento no adelanta el dinero: paga por transferencia después de comprobar la documentación y conceder la ayuda. El beneficiario debe mantener abierto el comercio al menos seis meses desde el inicio o la adquisición, salvo fuerza mayor acreditada. La memoria económica distingue el presupuesto del gasto realizado e incorpora las aportaciones propias y otras ayudas. También exige relacionar facturas, proveedores, importes y fechas de pago. Por eso, guardar únicamente los presupuestos comerciales no permite completar la justificación del gasto.

Cómo presentar la solicitud antes del 6 de octubre de 2026

El plazo termina el 6 de octubre de 2026 a las 23.59 horas. La solicitud puede presentarse desde la ficha municipal de la convocatoria. La sede admite Cl@ve y certificados reconocidos; quienes carezcan de identificación pueden consultar cómo obtener el certificado digital. El expediente requiere los anexos de solicitud, memoria de actuación, memoria económica y declaración responsable. También se pide identificación, alta censal y prueba de disponibilidad del local, como escritura, contrato de alquiler o traspaso.

Deben adjuntarse los permisos exigibles cuando haya obras y la fotografía del rótulo si se pide el complemento. El formulario de mantenimiento de terceros sirve para comunicar la cuenta donde recibir el ingreso. Las bases conceden diez días hábiles para subsanar documentación; no atender el requerimiento puede dar lugar al desistimiento, previa resolución.

La adjudicación se realiza comparando solicitudes y está limitada por los fondos disponibles. Los modelos y las bases completas de la convocatoria están accesibles desde el mismo trámite municipal.

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