El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria confirma que no hubo mejoría en sus lesiones de columna y que la prueba médica no se realizó por un fallo técnico, no por falta de colaboración del trabajador.
Un conductor de 56 años ha logrado que la justicia le devuelva la pensión de incapacidad permanente que el INSS le había retirado tras una revisión médica. La administración entendió que había mejorado y extinguió la prestación, pero la resonancia magnética que debía servir para valorar su estado nunca llegó a realizarse porque la máquina se averió.
El trabajador tenía reconocida desde julio de 2022 una incapacidad permanente total para su profesión habitual de conductor. Su cuadro médico incluía degeneración discal, artrosis facetaria bilateral en la zona lumbar y cambios posquirúrgicos tras una artrodesis, dolencias que seguían provocándole dolor irradiado a las extremidades inferiores y limitaciones para movimientos básicos.
El conductor perdió su incapacidad permanente tras una resonancia suspendida por avería
El conflicto comenzó durante la revisión de 2023, cuando los evaluadores solicitaron una resonancia actualizada para comprobar la evolución de sus lesiones lumbares. El afectado acudió al hospital el 21 de octubre, pero la prueba no pudo practicarse por una avería en el equipo médico.
Según consta en el caso, se le indicó que volverían a llamarle. Sin embargo, una llamada telefónica perdida terminó siendo interpretada por la entidad gestora como una falta de colaboración. A partir de ahí, el INSS concluyó que el trabajador no había justificado su incomparecencia.
Con esa valoración, la administración declaró la mejoría del conductor y extinguió la pensión el 12 de enero de 2024. El afectado, que continuaba con graves limitaciones y sin la prestación, acudió a los tribunales para reclamar la recuperación de su incapacidad.
La justicia corrige al INSS y confirma que no hubo mejoría real
El Juzgado de lo Social de Santander estimó la demanda del trabajador en diciembre de 2025. Después, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en su sentencia número 346/2026, desestimó el recurso presentado por la administración y mantuvo el derecho del conductor a recuperar la prestación.
El tribunal destacó que “se acredita que la prueba de RM no se pudo realizar por avería de la máquina”, por lo que no podía atribuirse al paciente la falta de realización de la resonancia. Además, una electromiografía practicada en noviembre de 2025 confirmó que persistía la afectación radicular crónica, con pérdida de unidades motoras en músculos relevantes para la marcha.
La resolución deja claro que para retirar una incapacidad permanente no basta con una revisión administrativa o con la ausencia de una prueba médica si esta no pudo hacerse por causas ajenas al trabajador. Debe existir una mejoría real de las lesiones.
La sentencia obliga a devolver la pensión completa desde febrero de 2024
En este caso, los magistrados concluyeron que el dolor lumbar intenso y la pérdida de fuerza seguían impidiendo al conductor volver a ejercer su profesión habitual. Por este motivo, la justicia considera que la extinción de la prestación no estaba justificada.
La consecuencia directa de la sentencia es que el INSS deberá devolverle la pensión completa desde febrero de 2024. El fallo corrige así una decisión administrativa basada en una prueba que nunca se practicó por un fallo técnico del equipamiento médico.
