La Ley de Bienestar Animal prohíbe esta práctica y fija sanciones que van desde los 500 hasta los 200.000 euros, según la gravedad de la infracción. La norma afecta a los dueños de animales de compañía y pone el foco en su protección y bienestar.
Desde marzo de 2023, la Ley de Bienestar Animal deja claro que no se puede mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios, espacios similares o vehículos. No es un detalle menor: incumplir esta obligación puede acabar en multa, apercibimiento e incluso en sanciones mucho más elevadas si se considera una infracción grave o muy grave.
Qué prohíbe la Ley de Bienestar Animal a perros y gatos en terrazas
El Congreso de los Diputados aprobó esta norma con un objetivo muy concreto: “garantizar la protección de los animales, en general y, particularmente, de los animales que viven en el entorno humano”. Además, el texto publicado en el BOE señala que también busca “regular el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad”.
¿En qué se traduce esto para los dueños? Pues en obligaciones muy claras. El artículo 27 prohíbe «mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos».
Además, la ley también sanciona «dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos». En el caso de los perros, el margen es todavía menor, ya que «este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas». Ojo con esto, porque puede salir caro.
Cuáles son las multas de la Ley de Bienestar Animal según la infracción
La norma distingue entre infracciones leves, graves y muy graves. En primer lugar, las leves son aquellas conductas que incumplen prohibiciones, cuidados u obligaciones legales sin causar daños físicos ni alteraciones en el comportamiento del animal.
Las graves, por su parte, son las que “impliquen daño o sufrimiento para el animal, siempre que no les causen la muerte o secuelas graves”. Aquí entran supuestos como no identificar al animal o usarlo como premio en una rifa.
Por otro lado, las muy graves abarcan conductas como provocar la muerte del animal, siempre que no constituya delito, o el sacrificio no autorizado.
En cuanto al castigo económico, las infracciones leves conllevan apercibimiento o multas de 500 a 10.000 euros. Las graves se sancionan con importes de 10.001 a 50.000 euros. Y las muy graves pueden alcanzar entre 50.001 y 200.000 euros, por ejemplo si se adiestran animales para peleas o se usan para consumo humano.
