El Supremo confirma cuándo empezar el permiso de 5 días por cuidado de familiares tras un accidente, enfermedad grave u hospitalización

Una sentencia impide que las empresas obliguen a iniciar el permiso justo tras el hecho causante y da más margen para organizar los cuidados. Desde 2023, los trabajadores tienen derecho a un permiso de 5 días para el cuidado de familiares. Ahora, el Tribunal Supremo aclara que las empresas no pueden imponer que esos días se disfruten de inmediato tras el accidente, la enfermedad grave o la hospitalización que dan lugar al permiso.

¿Quién puede solicitar el permiso de 5 días para cuidar familiares y en qué casos? El permiso está regulado en el artículo 37 b) del Estatuto de los Trabajadores. Puede pedirse para el cónyuge, la pareja de hecho y los parientes hasta segundo grado, así como para otras personas convivientes que necesiten cuidados efectivos.

Se reconoce, entre otros supuestos, en los siguientes: Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario. Al ser un derecho reciente, es la jurisprudencia la que está perfilando cómo se disfruta este permiso.

Tribunal Supremo avala un disfrute flexible del permiso sin fijar un inicio obligatorio

La sentencia resuelve un conflicto colectivo en el grupo RACE, que obligaba a iniciar el permiso de 5 días el primer día laborable desde el hecho causante. Esta obligación no figuraba ni en el Estatuto de los Trabajadores ni en el convenio aplicable ni en la directiva comunitaria.

El Alto Tribunal corrige este criterio y, en línea con una sentencia anterior, establece que el permiso puede disfrutarse de manera flexible, sin que necesariamente tenga que comenzar en el momento del hecho que lo origina. Lo contrario dificultaría planificar la asistencia cuando la persona enferma necesita ayuda durante un periodo prolongado.

El interés de la persona cuidada y las consecuencias para empresas y trabajadores

¿Qué implica esto en la práctica? En este permiso no solo cuenta el derecho de la persona trabajadora, sino también, y de manera determinante, el interés de la persona que necesita cuidados. Vincular siempre el inicio al hecho que lo propicia supondría una devaluación de su potencial protector y dificultaría organizar la ayuda. El Supremo también ha aclarado que estos 5 días se disfrutan en días laborables y no naturales, lo que facilita encajar el permiso con la jornada y organizar mejor el apoyo familiar o de convivencia.

Los sindicatos CSIF, CCOO y UGT han celebrado el fallo al entender que evita abusos empresariales y refuerza los derechos de las personas trabajadoras. En definitiva, la doctrina fijada permite adaptar el permiso de 5 días a las necesidades reales de la persona enferma y de su entorno, dando algo más de aire a quienes tienen que combinar trabajo y cuidados bajo la protección de la normativa laboral.

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