Los controles de la Guardia Civil se endurecen y ya no se limitan a la velocidad, el alcohol o la documentación: también pueden revisar la guantera cuando hay indicios de infracción. Armas, sustancias peligrosas o dispositivos ilegales pueden acarrear multas muy elevadas e incluso acabar afectando al permiso de conducir.
Las carreteras españolas están sometidas a un refuerzo de controles por parte de la Guardia Civil de Tráfico y de la Dirección General de Tráfico (DGT). Ya no se vigila solo cómo se conduce, sino también qué se lleva dentro del vehículo. Si los agentes aprecian indicios de delito o de infracción grave, pueden inspeccionar el coche, incluida la guantera, para comprobar si se transportan objetos prohibidos o peligrosos que puedan comprometer la seguridad vial o la seguridad ciudadana.
Qué puede revisar la Guardia Civil y la DGT en la guantera del coche
A efectos legales, un turismo no se considera domicilio, a diferencia de una vivienda o de determinados vehículos vivienda como caravanas o furgonetas camperizadas. Por ese motivo, la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana permite que Policía y Guardia Civil registren el interior del vehículo sin orden judicial cuando existan sospechas fundadas de que puede albergar armas, explosivos, drogas u otros objetos vinculados con una infracción grave o un posible delito.
Ese registro puede incluir el habitáculo, el maletero y también la guantera. Suele producirse en controles de tráfico, tras una infracción, ante una actitud sospechosa del conductor o cuando el vehículo esté relacionado con alguna investigación. No se trata de registros completamente aleatorios, sino de actuaciones amparadas en la existencia de indicios razonables.
Además de comprobar el permiso de conducir, el seguro y la ITV, los agentes pueden verificar que no se transportan objetos cuyo porte esté prohibido o requiera autorización, y que el vehículo dispone del equipamiento obligatorio para afrontar con seguridad una avería o un accidente en carretera.
Objetos prohibidos en la guantera del coche que implican multas y posibles delitos
La preocupación principal de las autoridades no es que la guantera esté llena, sino qué se guarda dentro. Armas de fuego sin licencia, cuchillos de grandes dimensiones sin justificación, sprays defensivos no autorizados o bates y barras metálicas sin un motivo legítimo pueden considerarse objetos peligrosos y quedar encuadrados dentro de las infracciones graves o muy graves de la Ley Orgánica 4/2015.
También pueden generar problemas las sustancias inflamables o químicas transportadas sin las medidas exigidas, determinados explosivos o material pirotécnico fuera de normativa y los dispositivos de vigilancia o interceptación de comunicaciones destinados a usos ilícitos, como cámaras ocultas o equipos de escucha no autorizados. En estos supuestos, la denuncia puede llegar tanto por seguridad ciudadana como por poner en riesgo la seguridad vial.
Las sanciones económicas son muy elevadas. Tener en el coche armas prohibidas o materiales peligrosos sin autorización puede traducirse en multas que van desde varios cientos de euros hasta varios miles, y en los casos más graves superar los 30.000 euros, además de la incautación del objeto y la apertura de un procedimiento penal.
En ese contexto sí puede verse afectado el carnet de conducir, aunque no existe una norma que lo retire de forma automática solo por llevar un determinado objeto en la guantera. La pérdida del permiso llega por acumulación de infracciones que restan puntos o por sentencia judicial cuando los hechos se consideran delito contra la seguridad vial o la seguridad ciudadana. Diversos especialistas y publicaciones jurídicas recuerdan que no hay ninguna infracción de tráfico que prevea la retirada directa del carnet únicamente por portar un objeto dentro del coche.
Baliza V16, chaleco reflectante y otros elementos obligatorios que la DGT exige en el coche
Más allá de los objetos prohibidos, la DGT insiste en lo que sí debe estar siempre accesible en el vehículo. Desde el 1 de enero de 2026, la baliza V16 conectada es el único dispositivo válido para señalizar un vehículo inmovilizado, por lo que sustituye a los triángulos de emergencia. Esta luz debe colocarse en un lugar accesible desde el interior del coche para poder situarla en el techo sin necesidad de caminar por la calzada.
Sigue siendo obligatorio disponer de al menos un chaleco reflectante, que conviene guardar en la guantera o en otra zona del habitáculo para poder ponérselo antes de bajar del vehículo. No llevar estos elementos puede conllevar una sanción económica, aunque por sí solo no supone la retirada del permiso de conducir.
Para los conductores, el mensaje es claro: la guantera no es un escondite inocente. Documentación, gafas de sol o la baliza V16 no plantean problemas. En cambio, ocultar armas, sustancias peligrosas o dispositivos destinados a fines ilícitos puede terminar en multas muy elevadas, en un proceso penal y, en los escenarios más graves, en la pérdida del carnet de conducir.

No pueden pedir el seguro ni la ITV, porque son datos conocidos por la administración
las compañías y las ITV´s los comunican