El Reglamento europeo sobre envases será aplicable de forma general desde el 12 de agosto de 2026, pero la restricción específica para las monodosis de plástico en hostelería comenzará el 1 de enero de 2030. La norma contempla excepciones limitadas.
Los sobres de plástico de azúcar y sal no desaparecerán de los bares y restaurantes españoles el próximo 12 de agosto. El Reglamento (UE) 2025/40 ya entró en vigor el 11 de febrero de 2025 y empezará a aplicarse con carácter general el 12 de agosto de 2026. La prohibición de determinados formatos tiene un calendario distinto.
El reglamento europeo se aplicará en agosto, pero la prohibición llegará en 2030
La norma fue adoptada el 19 de diciembre de 2024 y publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 22 de enero de 2025. Su aplicación general comienza en agosto de 2026 en todos los Estados miembros, incluida España.
El artículo 25 establece que los operadores económicos no podrán introducir en el mercado los formatos y usos incluidos en el anexo V desde el 1 de enero de 2030. Entre ellos figuran las monodosis de plástico utilizadas en hostelería. Por tanto, esta obligación no comienza el 12 de agosto de 2026.
Qué sobres de plástico dejarán de ofrecer bares, cafeterías y restaurantes españoles
El anexo V menciona las dosis individuales de condimentos, conservas, salsas, leche para el café, azúcar y aliños. También cita bolsitas, tarrinas, bandejas y cajas. Quedarán afectados formatos habituales de azúcar, ketchup, mayonesa, mostaza y productos similares.
La sal no aparece nombrada de manera independiente, aunque puede quedar comprendida entre los condimentos o aliños. La restricción afecta al envase de plástico de un solo uso, no al alimento, que podrá seguir ofreciéndose mediante otros sistemas.
Las alternativas deberán evitar también los sobres de papel con demasiado plástico
Entre las soluciones posibles figuran los dispensadores rellenables, saleros, azucareros, recipientes reutilizables y envases fabricados con materiales distintos del plástico. Los negocios disponen de varios años para reorganizar sus compras y buscar nuevos proveedores.
No bastará con cambiar un sobre de plástico por otro de papel con una capa plástica relevante. La guía de la Comisión publicada en 2026 aclara que los envases compuestos, incluidos los fabricados principalmente con papel, quedan sujetos a la prohibición cuando contienen un 5% o más de plástico.
Que un envase sea compostable tampoco lo excluye automáticamente. Si mantiene la consideración de envase plástico de un solo uso, puede quedar afectado por la restricción europea.
Estas son las excepciones para comida para llevar y atención sanitaria individualizada
Las monodosis podrán mantenerse cuando acompañen comida preparada para llevar, destinada al consumo inmediato y sin preparación adicional. También se permiten cuando sean necesarias por razones de seguridad e higiene en hospitales, clínicas o residencias con asistencia médica.
Fuera de esos supuestos, la hostelería deberá completar la adaptación antes de 2030. El cambio exigirá elegir sistemas que mantengan la adecuada conservación de los productos y la seguridad alimentaria.
