La trabajadora, con más de tres décadas de antigüedad, fue despedida tras consumir varios productos sin abonarlos. El tribunal confirma que la sanción disciplinaria no conlleva indemnización.
Una empleada con 35 años de servicio en Mercadona ha visto cómo su despido disciplinario ha sido declarado procedente por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Valencia. El motivo: consumir varios cafés en el mismo centro de trabajo sin haberlos pagado, tal y como recogen las normas internas de la compañía. La sentencia ratifica así la decisión tomada por la cadena de supermercados, dejando sin efecto la reclamación de la trabajadora, que no recibirá indemnización al tratarse de un despido por causas disciplinarias. ¿La medida es justa? ¿Qué dice el Tribunal Superior de Justicia de Valencia?
El Tribunal Superior de Justicia de Valencia confirma la postura de Mercadona tras 35 años de relación laboral
Según la sentencia, la empleada comenzó a trabajar en Mercadona en 1989 y ocupaba el puesto de gerente B. Durante varios días del mes de julio de 2022, fue sorprendida consumiendo cafés de la sección de servicio a domicilio sin abonar el importe correspondiente, que ascendía a 0,80 euros cada uno. Otras compañeras del establecimiento pusieron los hechos en conocimiento de la coordinadora, lo que desembocó en una investigación interna.
Posteriormente, tras ser requerida para que presentara los justificantes de compra, la trabajadora reconoció que no disponía de ellos al haber hecho “una limpieza del bolso”. Aunque llegó a abonar dos de los cafés fuera de su horario laboral, no introdujo el comprobante de compra en el sistema, incumpliendo de nuevo las directrices internas.
Mercadona mantiene una política estricta contra el fraude y el hurto en su convenio colectivo
Las normas de la empresa, recogidas en su convenio colectivo, prohíben expresamente a los empleados comprarse o cobrarse productos a sí mismos, así como consumirlos en el establecimiento sin abonarlos previamente. Dicho convenio considera falta muy grave cualquier robo, hurto o malversación, aplicable también al consumo de artículos sin pagar.
Tras la comunicación del despido el 22 de julio de 2022, la trabajadora presentó una papeleta de conciliación que concluyó sin acuerdo. Ante la demanda posterior, el Juzgado de lo Social número 1 de Elche desestimó sus alegaciones, lo que llevó a la afectada a interponer recurso de suplicación. Finalmente, el TSJ de Valencia también ha rechazado su pretensión, avalando la procedencia de la sanción disciplinaria.