Desde el 1 de enero de 2026, padres y madres podrán mejorar su pensión si la crianza afectó su carrera profesional, con reglas reforzadas para mujeres y requisitos específicos para los padres. También hay alcance para autónomos y para la incapacidad permanente por enfermedad común.
A partir de esa fecha, la Seguridad Social reconocerá de forma más justa los periodos sin cotizar vinculados al nacimiento o adopción, evitando que estos vacíos recorten la pensión final. En pocas palabras: menos penalización por cuidar.
Qué es la integración de lagunas y cómo influye en la pensión de jubilación
La integración de lagunas permite “rellenar” meses sin cotización con una base mínima cuando se calcula la pensión. El cálculo toma las bases de los últimos 25 años, es decir, 300 meses. Si en alguno de esos meses no hubo cotización, se sustituye por esa base mínima.
Existen límites generales: se pueden integrar 48 meses al 100% y, si hay más huecos, el resto al 50%. ¿Qué supone esto en la práctica? Que los vacíos de cotización por desempleo o cuidados no hundan la base reguladora, aunque con topes.
Mejoras desde 2026 para madres y condiciones concretas para que los padres accedan
Desde 2026, las mujeres podrán integrar 60 meses al 100% y 24 meses adicionales al 80% cuando su carrera se haya visto interrumpida por maternidad o cuidados. Para los padres, también se abre la puerta si la crianza redujo su actividad, pero con condiciones precisas.
Estos son los requisitos que deben cumplir los padres para beneficiarse:
- Hijos nacidos o adoptados antes de 1994: haber acumulado más de 120 días sin cotizar entre los 9 meses previos y los 3 años posteriores al nacimiento.
- Hijos nacidos o adoptados desde 1995: que las cotizaciones de los 2 años posteriores bajen al menos un 15% respecto a los 2 años anteriores.
Con ello se reconoce que la crianza también impacta en la trayectoria laboral de los hombres, reduciendo pérdidas en su futura pensión. No es poca cosa para la equidad social y de género.
Autónomos e incapacidad permanente: aplicación de lagunas y alcance práctico real
¿Y si eres autónomo? Desde marzo de 2023, pueden integrarse hasta 6 meses sin cotización tras un cese de actividad, con una base de 960,60 €. Supone un avance, si bien su alcance es limitado frente al régimen general. Por otro lado, cuando la incapacidad permanente deriva de enfermedad común, también se permite integrar meses sin cotizar con la base mínima.
A continuación, un resumen práctico de las reglas clave para cada colectivo:
| Colectivo | Meses integrables y porcentaje | Condición principal |
|---|---|---|
| Régimen general | 48 meses al 100%; el resto al 50% | Vacíos en los últimos 25 años (300 meses) |
| Mujeres con interrupciones por cuidados | 60 meses al 100% + 24 meses al 80% | Interrupciones por maternidad o cuidados |
| Padres | Según requisitos descritos | Cumplir condiciones por fecha de nacimiento/adopción y afectación de cotizaciones |
| Autónomos | Hasta 6 meses con base 960,60 € | Tras cese de actividad desde marzo de 2023 |
| Incapacidad permanente (enfermedad común) | Base mínima aplicable | Solo si deriva de enfermedad común |
En consecuencia, la integración de lagunas se consolida en 2026 como herramienta clave para que la crianza o situaciones de enfermedad no mermen de forma desproporcionada la pensión. ¿Preparado para revisar tu historial de cotizaciones y comprobar cómo te afecta?
