Los ayuntamientos de Escurial y Guadalupe mantienen abiertas en 2025 las ayudas para Suministros Mínimos Vitales, con las que se garantiza el pago de agua, luz y gas a familias con pocos ingresos empadronadas en cada municipio.
En ambos casos, estas prestaciones buscan evitar cortes de suministro en la vivienda habitual y apoyar a quienes tienen dificultades para afrontar las facturas básicas. Eso sí, cada localidad tiene sus propios plazos, requisitos y forma de resolver los expedientes. ¿Te interesa saber qué te piden en tu pueblo y hasta cuándo puedes solicitarlas?
Quién puede pedir las ayudas de suministros mínimos vitales en Escurial y Guadalupe
Tanto en Escurial como en Guadalupe, las beneficiarias son unidades de convivencia empadronadas en el municipio que cumplan todos los requisitos mientras dure la solicitud y la percepción de la ayuda.
En los dos casos se exige ser mayor de edad, menor emancipado o huérfano absoluto, residir legalmente en Extremadura con al menos seis meses de antigüedad (salvo situaciones excepcionales en Escurial o casos como refugiados y retornados en Guadalupe) y vivir efectivamente en el municipio cuando se presenta la solicitud. Es decir, no basta con “tener el padrón”: hay que residir realmente allí.
En Guadalupe, además, no pueden acceder quienes estén en centros asistenciales, compartan vivienda solo por estudios, tengan conexiones fraudulentas a la red o hayan recibido ayudas similares en otro municipio sin devolver lo indebido.
Requisitos de empadronamiento ingresos y otras condiciones en ambos municipios
El punto clave es la falta de ingresos suficientes. En Escurial se marcan topes mensuales en 14 pagas según el tamaño de la unidad de convivencia: desde 840 euros para una sola persona (910 con discapacidad igual o superior al 65% o dependencia), con incrementos por cada miembro hasta llegar a 1.540 euros en el caso de diez personas con discapacidad. Si se paga hipoteca o alquiler, puede deducirse hasta un 50% del IPREM mensual.
En Guadalupe se considera que hay rentas suficientes cuando se supera el 120% del IPREM mensual en 14 pagas (840 euros como referencia inicial), aumentando un 8% por cada miembro adicional y un 10% por cada persona con discapacidad igual o superior al 65% o dependencia. También aquí se admite descontar hasta el 50% del IPREM por hipoteca o alquiler de la vivienda habitual.
Si tus ingresos se sitúan por debajo de esos límites, y cumples empadronamiento y residencia, merece la pena echar cuentas con calma.
Cuantías máximas plazos de solicitud y tipo de gastos cubiertos
Las dos convocatorias tienen un funcionamiento muy parecido. Cubren suministros esenciales de la vivienda habitual: electricidad, agua potable, gas natural, propano y butano. Incluyen igualmente gastos de alta y de reconexión cuando ha habido corte por impago.
La cuantía de la ayuda será, en Escurial y en Guadalupe:
- Hasta el 50% de la factura PVPC antes de aplicar el bono social, cuando exista.
- Hasta el 100% si no se acredita el pago o el importe tras el descuento resulta inferior.
Los máximos anuales por unidad de convivencia son idénticos en ambos ayuntamientos, y permiten hacerse una idea rápida de hasta dónde puede llegar la ayuda:
| Miembros de la unidad de convivencia | Límite anual máximo de la ayuda |
|---|---|
| Hasta 2 miembros | 950 € |
| Entre 3 y 4 miembros | 1.100 € |
| 5 miembros o más | 1.200 € |
No se subvencionan suministros no esenciales, facturas duplicadas, fuera de plazo, ya subvencionadas ni aquellas que afecten a personas en situaciones excluidas según las bases.
En cuanto a plazos, Escurial abrió la convocatoria el 23 de abril de 2025 y la mantiene hasta el 20 de diciembre de 2025. Guadalupe la inició antes, el 16 de abril de 2025, y el límite para presentar solicitudes es el 30 de noviembre de 2025. Así que, según dónde vivas, tienes un margen distinto para mover papeleo.
Documentación necesaria y pasos prácticos para tramitar correctamente estas ayudas
La tramitación se realiza ante el Ayuntamiento correspondiente y la valoración la hacen los Servicios Sociales: Servicios Sociales municipales en Escurial y el Servicio Social de Base en Guadalupe. Las ayudas se conceden por orden de entrada y hasta agotar el crédito disponible.
Aquí es donde muchos dudan: ¿qué papeles me van a pedir? De forma general, se exige:
- Solicitud oficial cumplimentada.
- DNI o NIE del solicitante y de las personas mayores de 14 o 18 años, según municipio.
- Certificado de empadronamiento colectivo o de convivencia, normalmente histórico.
- Vida laboral actualizada (mayores de 16 o 18 años, según el caso).
- Justificantes de ingresos: nóminas de los últimos 3 meses, declaraciones trimestrales o Renta en caso de autónomos y certificados de prestaciones del SEPE y de la Seguridad Social, o certificados negativos si no se perciben.
- Contrato y recibos de alquiler o hipoteca, si procede.
- Certificados de discapacidad y/o dependencia cuando existan (CADEX, SEPAD u organismos equivalentes).
- Facturas de agua, luz o gas impagadas y/o justificantes de pago de las ya abonadas; en caso de corte, presupuesto de alta o reconexión.
- Modelo de alta a terceros con cuenta bancaria y, en Escurial, certificado de otro municipio si se residió fuera en 2025 indicando si se recibió esta ayuda.
El pago puede realizarse directamente a la entidad suministradora (en ambos municipios, con la excepción del butano, que siempre va al beneficiario en Guadalupe y también al solicitante en Escurial) o mediante reintegro de facturas ya abonadas, siempre que se justifiquen. Además, el abono puede fraccionarse, presentando nuevas facturas acompañadas de una declaración responsable que confirme que se siguen cumpliendo los requisitos.
Un detalle importante es el plazo de resolución: Escurial dispone de hasta seis meses y, si no hay notificación, el silencio administrativo se considera positivo. En Guadalupe el plazo máximo es de un mes y, en este caso, el silencio se entiende como negativo. Por tanto, conviene estar muy atento a las comunicaciones del ayuntamiento correspondiente.
