El plazo previsto termina el 30 de septiembre a las 15.00 horas. La prioridad depende de cuándo esté completa cada solicitud y del crédito disponible.
Las ayudas estatales para renovar equipos de hostelería tienen previsto cerrar el 30 de septiembre a las 15.00 horas. Se abrieron el 5 de agosto, pero ya acumulaban solicitudes por 30,36 millones de euros el 24 de agosto. El presupuesto es de 15 millones. Ese balance del Ministerio de Industria y Turismo explica por qué presentar la petición no garantiza cobrar. La subvención puede alcanzar 11.000 euros por establecimiento, con el IVA excluido.
El dinero solicitado supera el presupuesto, pero no equivale a ayudas concedidas
El portal ministerial contabiliza 3.137 solicitudes por 30.359.552,06 euros hasta el 24 de agosto. Frente a los 15 millones presupuestados, representan aproximadamente 2,02 veces los fondos disponibles. Es un cálculo realizado con esas dos cifras oficiales. El dato mide cantidades pedidas, no expedientes aprobados ni pagos efectuados. Algunas solicitudes podrían no cumplir las condiciones o acabar reducidas. Tampoco permite concluir cuántos negocios cobrarán, porque cada expediente puede solicitar un importe diferente dentro de los límites regulados.
La norma da prioridad al orden de presentación de solicitudes completas. Si faltan documentos, cuenta la fecha de subsanación del último requisito pendiente. Por tanto, registrar un formulario incompleto no conserva necesariamente aquella posición inicial. El portal mantiene el plazo y el acceso para presentar solicitudes. Las bases prevén una reserva provisional si se agota el presupuesto, sujeta a posibles remanentes. Para quienes afrontan los costes de una cafetería, esa diferencia resulta decisiva al planificar una inversión.
Cada establecimiento puede obtener entre 5.000 y 11.000 euros
La ayuda mínima es de 5.000 euros y la máxima de 11.000 euros por establecimiento. Puede alcanzar el 100% del coste subvencionable, siempre sin incluir el IVA. Por ejemplo, una actuación admisible de 8.000 euros podría financiarse íntegramente si recibe concesión. Si el coste elegible asciende a 13.000 euros, el límite deja al menos 2.000 fuera de la subvención, además del IVA. Son ejemplos de cálculo y no previsiones de concesión para expedientes concretos.
Solo cabe una solicitud por establecimiento. Una empresa con varios locales puede presentar una por cada uno, siempre que el equipamiento corresponda a negocios diferentes. El límite general de ayudas de minimis también resulta aplicable a la empresa. La convocatoria incluye titulares de alojamientos, restaurantes, bares y otras actividades recogidas en sus códigos económicos. Pueden participar autónomos y sociedades que cumplan los requisitos. Quedan excluidos los autónomos que actúen exclusivamente como familiares colaboradores del titular del establecimiento turístico.
La compra debe sustituir equipos existentes y acreditar ahorro energético
El programa financia la sustitución de electrodomésticos o maquinaria industrial hostelera por equipos con menor consumo. También contempla renovar terminales de climatización, toldos y sombrillas por otros más eficientes. No cubre reemplazar maquinaria por equipos que utilicen combustibles fósiles, incluido el gas natural. Cuando existe etiquetado energético, se exige mejorar la letra del aparato sustituido. En otros casos, el ahorro debe acreditarse mediante una comparación técnica. Comprar una máquina nueva para ampliar dotación sin sustituir otra queda fuera del propósito regulado.
Los costes elegibles pueden incluir equipo, instalación, gestión de residuos y determinados honorarios técnicos. También se admiten gastos de gestión y justificación dentro de sus límites porcentuales. Las facturas deben identificar esos conceptos con claridad. El programa admite actuaciones realizadas desde el 1 de marzo de 2026, conforme a sus condiciones. Un presupuesto sirve para una actuación pendiente; si ya se ha ejecutado, corresponde aportar factura. Los requisitos para abrir un bar siguen siendo obligaciones distintas de esta convocatoria de renovación.
La ayuda se paga después de justificar la actuación realizada
La tramitación es electrónica e incluye formulario, memoria descriptiva, documentación económica y acreditación de la actividad. El solicitante debe estar dado de alta y disponer de título válido para ejercer en el establecimiento. Las ayudas son incompatibles con otras subvenciones públicas destinadas a pagar los mismos costes. La Administración comprueba asimismo las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Antes de comprometer un gasto, interesa distinguir la cuantía solicitada de la financiación efectivamente reconocida, especialmente con una demanda superior a los fondos.
El plazo general para ejecutar y pagar es de un mes desde la notificación de la concesión. Después se dispondrá de quince días naturales para justificar, con una regla específica para actuaciones anteriores a la entrada en vigor. El abono será único, tras verificar los justificantes. Debe acreditarse también el ahorro energético y la gestión autorizada del residuo generado.
El portal oficial de solicitudes publica el balance de demanda, el acceso a la aplicación y la documentación exigida para este programa.
