Si tienes vado, seguro que te has preguntado si puedes “dejarlo un momento” delante. La respuesta es sencilla: no, ni siquiera si eres el titular. El Reglamento General de Circulación (artículo 91) exige que parar o estacionar no obstaculice el tránsito ni ponga en riesgo a nadie. ¿Qué te da el vado entonces? Solo derecho de paso para entrar y salir del inmueble.
Detenerse, sí, pero únicamente el tiempo imprescindible para esa maniobra; estacionar, no. Saltarte esa norma puede suponer 200 euros de multa (100 euros con pronto pago en los 20 días naturales posteriores a la notificación), y si te bloquean, puedes llamar a la policía para que intervenga.
¿Puede el titular aparcar en su propio vado?
La normativa es clara: no está permitido. Pagar el vado no convierte la puerta de tu garaje en una plaza privada, sino que te concede exclusivamente un derecho de paso para acceder o salir del inmueble.
La prohibición es absoluta. Ni por poco tiempo ni “solo un momento”. El único margen es detenerse el tiempo imprescindible para entrar o salir del garaje. Ya sabes: derecho de paso sí, barra libre para estacionar, no.
¿Qué dice exactamente el artículo 91 del Reglamento General de Circulación?
El artículo 91 marca el criterio: cualquier parada o estacionamiento debe hacerse sin obstaculizar el tránsito ni poner en riesgo al resto de usuarios. Si te plantas delante del vado, aunque sea el tuyo, generas una obstrucción, y ahí es donde la norma actúa.
No hay excepción para el titular del vado. Un agente puede imponer sanción incluso si el vehículo no está bloqueando la salida de otros en ese instante. La autorización se limita al tránsito por el espacio reservado; por tanto, solo cabe detenerse lo imprescindible para realizar la maniobra de entrada o salida.
¿Cuánto es la multa por estacionar en un vado y cómo funciona el pronto pago?
Quien estacione en un vado se expone a 200 euros de sanción. La reducción por pronto pago permite dejarla en 100 euros si se abona dentro de los 20 días naturales posteriores a la notificación. No hay matices: da igual el tiempo que permanezcas o si eres el titular, la prohibición alcanza también las paradas breves.
A efectos prácticos, lo que cuenta es que el vado no autoriza a estacionar en ningún caso. Y sí, duele al bolsillo: burocracia y euros nunca se llevaron especialmente bien.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Sanción por estacionar en vado | 200 euros |
| Descuento por pronto pago | 50% (100 euros) |
| Plazo para el descuento | 20 días naturales desde la notificación |
| Excepciones (titular, paradas breves) | No; prohibición absoluta |
En resumen: pagar el vado te evita que otros te bloqueen, no te regala una plaza en la calle. Si cumples la norma, te evitas la multa.
¿Qué hacer si un vehículo bloquea tu acceso? Guía rápida
Si un coche ajeno te impide entrar o salir, puedes llamar a la policía para que intervenga y sancione al responsable. No hace falta ser el titular del vado: cualquier persona afectada, o incluso quien observe la incidencia, puede requerir la actuación de los agentes.
- Apela al artículo 91 para denunciar el bloqueo o el estacionamiento indebido en el vado.
- Recuerda que tú, como titular, tampoco puedes parar o estacionar ahí salvo el tiempo imprescindible para entrar o salir.
- Llama a la policía para que intervenga y gestione la sanción al responsable.
- Ten presente que no es necesario ser el titular del vado para pedir asistencia; basta con verse afectado o detectar la obstrucción.
- Si recibes una notificación de multa, puedes reducirla a la mitad pagando dentro de los 20 días naturales posteriores a la notificación.
Con estos pasos, resuelves el bloqueo sin enredos y ajustado a la norma. Y, de paso, evitas convertir un acceso reservado en una fuente de problemas.
Cómo evitar líos con tu vado
La regla es simple: el vado garantiza un derecho de paso, no un permiso para aparcar. Solo está permitido detenerse lo justo para entrar o salir; nada de “dos minutos y me voy”.
Si te bloquean, llama a la policía y cita el artículo 91. Y si te cae una sanción, recuerda el pronto pago: duele menos a 100 euros que a 200 euros. Por lo tanto, mejor cumplir la norma y ahorrarse el disgusto.
