Esta nueva ayuda fiscal, aplicable en la Declaración de la Renta, busca ayudar con la presión económica de aquellos hogares que conviven con ascendientes de edad avanzada y que, en muchos casos, no disponen de otras prestaciones.
Según la Agencia Tributaria, todas las personas que compartan domicilio con un familiar de 65 años o más podrán aplicar una deducción base de 1.150 euros. El incentivo aumenta en 1.400 euros adicionales si el ascendiente supera los 75 años, alcanzando los 2.550 euros anuales. El objetivo es reconocer el cuidado que ofrecen los contribuyentes a quienes, por su edad o situación, necesitan un apoyo extra. ¿Te interesa saber más?
Requisitos importantes para acceder a la ayuda y optimizar la Declaración de la Renta
Para poder beneficiarse de estas cuantías de la Agencia Tributaria, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- El ascendiente ha de haber cumplido los 65 años antes de finalizar el ejercicio fiscal (o presentar una discapacidad mínima del 33 %).
- Debe convivir con el contribuyente al menos la mitad del año; aun así, se admite internamiento en un centro si la persona tiene dependencia.
- Los ingresos anuales del familiar no pueden superar los 8.000 euros (rentas exentas aparte).
- No se aplica la deducción si el ascendiente declara un IRPF por encima de los 1.800 euros.
Documentación necesaria para justificar la convivencia con mayores y evitar errores con la Agencia Tributaria
Hacienda puede requerir pruebas de la convivencia y de los ingresos del familiar. Por lo tanto, conviene guardar:
- Certificados de empadronamiento o similares que acrediten el mismo domicilio.
- Justificantes de pensiones, subsidios o rentas del ascendiente.
- Informes médicos o certificados de discapacidad, de ser el caso.
Estos documentos resultan claves para no afrontar revisiones o devoluciones futuras. Ojo con los plazos: lo ideal es preparar todo antes de presentar la declaración.
Cada comunidad autónoma puede establecer bonificaciones complementarias. A continuación, se muestra una tabla orientativa de algunas de ellas:
Comunidad Autónoma | Importe Adicional |
---|---|
Andalucía | Hasta 100 euros para ascendientes >75 años |
Comunidad Valenciana | 197 euros por ascendiente de >75 años |
Castilla-La Mancha | 150 euros para mayores de 75 años |
Aragón | 150 euros por persona con dependencia |
Madrid | 1.546,50 euros para mayores de 65 años |
Islas Canarias | 600 euros si existe discapacidad >65% |
Estas cuantías se suman a la deducción estatal. Para aplicar la rebaja, se debe incluir la información en las casillas correspondientes del programa de la renta. Un ejemplo práctico: si convive el padre de 78 años (sin ingresos) y la madre de 68 años (con 4.000 euros de renta), pueden deducirse 3.700 euros (1.150 euros por la madre y 1.150 + 1.400 por el padre).