Juzgado reconoce la incapacidad absoluta a una trabajadora con espalda fallida y recibe una pensión de 1.023,88 euros y 14 pagas

El juzgado de lo Social de Madrid reconoce el derecho de una empleada de 52 años a recibir el 100% de su base reguladora tras demostrar que sus limitaciones le impiden realizar cualquier trabajo, incluidos los sedentarios.

El Juzgado de lo Social de Madrid ha dictado sentencia a favor de una trabajadora de 52 años que padecía el llamado “síndrome de espalda fallida”. Este trastorno crónico, surgido después de varias cirugías de columna, le imposibilitaba desempeñar no solo su puesto de auxiliar de cocina, sino cualquier otra profesión. Inicialmente, la Seguridad Social (INSS) negó la incapacidad permanente absoluta, reconociendo únicamente la total. Sin embargo, el tribunal ha estimado sus alegaciones y le ha otorgado una pensión vitalicia por el 100% de su base reguladora, cifrada en 1.023,88 euros mensuales.

El complejo caso de la trabajadora que acudió a la vía judicial para lograr su incapacidad frente a la Seguridad Social

Según se desprende de la sentencia, la afectada se sometió en 2022 a una artrodesis lumbar para estabilizar la columna y aliviar su dolor. A pesar de la intervención, el proceso quirúrgico empeoró sus problemas lumbares, desarrollando el conocido “síndrome de espalda fallida” o “síndrome poslaminectomía”. Esta dolencia se caracteriza por dolor continuo, rigidez y claras limitaciones en la movilidad, lo que le impedía llevar a cabo casi cualquier actividad cotidiana.

Tras empeorar su estado físico y ver que no mejoraba con los tratamientos, la trabajadora inició los trámites para solicitar la incapacidad permanente absoluta al INSS. Sin embargo, el Equipo de Valoración de Incapacidades consideró que todavía podía realizar algún tipo de labor, por lo que le concedieron tan solo el grado de incapacidad permanente total (55% de la base reguladora).

La investigación médica determinante para probar el síndrome de espalda fallida y sus consecuencias laborales

Con el fin de obtener una valoración justa de sus limitaciones, la afectada presentó informes especializados que confirmaban la persistencia de dolores lumbares severos que no cedían con analgésicos convencionales. Además, se adjuntó evidencia de los bloqueos en la Unidad del Dolor que le practicaban casi mensualmente, lo que indicaba la necesidad de un tratamiento continuado sin apenas mejoras.

Al no prosperar las reclamaciones administrativas, la trabajadora interpuso demanda ante el Juzgado de lo Social. Según el texto de la resolución, “el dolor no es controlable” y afecta de tal manera que impide desempeñar cualquier ocupación, incluso las de naturaleza menos exigente a nivel físico.

El fallo judicial: razones que justifican la concesión de la incapacidad permanente absoluta

Finalmente, el juzgado reconoció la incapacidad permanente absoluta, obligando a la Seguridad Social a abonar a la demandante el 100% de su base reguladora (1.023,88 euros mensuales). El fallo destaca que la cronicidad del dolor y las limitaciones funcionales impiden a la afectada llevar una vida laboral activa.

No obstante, la sentencia aún no es firme, puesto que cabe la posibilidad de que la Seguridad Social presente recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

El “síndrome de espalda fallida” se engloba entre las patologías complejas que a menudo requieren una atención individualizada a la hora de valorar la incapacidad. De manera similar a otros diagnósticos como la fibromialgia o la esclerosis múltiple, esta afección no aparece en un listado cerrado del INSS, por lo que cada caso se estudia de manera particular.

Esta resolución abre camino a que otras personas con dolores refractarios, originados por cirugías previas o patologías crónicas, puedan recibir la incapacidad permanente absoluta si acreditan con suficiente rigor sus limitaciones. Además, subraya la importancia de la vía judicial cuando las resoluciones administrativas del INSS no se ajustan a la realidad clínica del paciente.

Deja un comentario