Hacienda pone fecha a la factura electrónica obligatoria: 2027 para grandes empresas y 2028 para autónomos

La medida afectará a empresarios, profesionales, pymes y trabajadores por cuenta propia en sus operaciones con otros negocios. El calendario parte del proyecto de orden de Hacienda que regula la solución pública de facturación electrónica.

La factura electrónica obligatoria empieza a tener fechas más claras. El proyecto de orden ministerial fija el 1 de octubre de 2026 como entrada en vigor de la norma técnica que activa los plazos de adaptación: un año para empresas con más de 8 millones de euros de facturación y dos años para el resto de empresarios y profesionales.

Cuándo será obligatoria la factura electrónica para empresas y autónomos

Si el texto se aprueba en los términos actuales, las grandes compañías tendrán que emitir factura electrónica desde el 1 de octubre de 2027. Este primer tramo afectará a empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones haya superado los 8 millones de euros durante el año natural anterior.

Para el resto de empresas, pymes y autónomos, la obligación llegará un año más tarde, el 1 de octubre de 2028. El Real Decreto 238/2026 establece que la aplicación efectiva será a los 12 meses para quienes superen ese umbral y a los 24 meses para los demás, contados desde la entrada en vigor de la orden ministerial.

El proyecto sigue en tramitación. Hacienda abrió el trámite de audiencia e información pública el 17 de abril de 2026 y permite presentar observaciones hasta el 8 de mayo de 2026, por lo que el calendario queda ligado a la aprobación definitiva del texto.

Qué cambia con la solución pública de facturación electrónica de Hacienda

La nueva regulación desarrolla la llamada solución pública de facturación electrónica, gestionada por la Agencia Tributaria. Esta herramienta servirá para emitir facturas, recibirlas, consultar su estado y facilitar la interconexión entre plataformas privadas.

El acceso a esta solución pública tendrá carácter gratuito para los usuarios. Además, deberá estar disponible al menos dos meses antes de la primera aplicación efectiva de la orden, según recoge el proyecto ministerial.

La Agencia Tributaria también contará con una aplicación o formulario gratuito para que empresarios y profesionales puedan expedir facturas electrónicas y generar información sobre su estado, incluido el pago efectivo completo.

A quién afecta la nueva factura electrónica obligatoria y qué operaciones quedan fuera

La obligación se aplicará a empresarios y profesionales cuando el destinatario de la operación sea también un empresario o profesional con sede, establecimiento permanente, domicilio o residencia habitual en España. Quedan fuera, con carácter general, las operaciones documentadas mediante facturas simplificadas, salvo las simplificadas cualificadas previstas en el reglamento de facturación.

Otra novedad importante será la información sobre pagos. Los destinatarios de facturas electrónicas deberán comunicar el pago completo o el rechazo de la factura a la solución pública, además de informar de la fecha efectiva de pago en un plazo máximo de 4 días naturales, excluidos sábados, domingos y festivos nacionales.

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