El compromiso se reiteró en la reunión del 20 de octubre. El incremento de 2027 debe distinguirse del 0,5 % condicionado al IPC de 2026.
La subida salarial del 4,5 % para los empleados públicos en 2027 mantiene el respaldo de Función Pública, pero todavía necesita desarrollo normativo. CCOO y CSIF comunicaron el 21 de octubre el compromiso trasladado por el Ministerio en la reunión del día anterior. Los sindicatos reclaman que se apruebe la norma necesaria para aplicarla desde enero. El porcentaje ya figuraba en el acuerdo de 2025: la novedad es su ratificación y la exigencia de concretar cuándo se aprobará.
La reunión de octubre retoma un compromiso salarial anterior
El Acuerdo Marco se firmó con UGT y CSIF el 27 de noviembre de 2025 y recibió la adhesión de CCOO el 5 de diciembre. Su publicación en el BOE llegó el 7 de febrero de 2026. Abarca al personal de las administraciones y de su sector público institucional. Incluye los incrementos que ya afectaron a la nómina de los empleados públicos y establece una secuencia de mejoras hasta 2028. Por tanto, octubre no introduce un porcentaje distinto al pactado.
Según CCOO, el Gobierno se comprometió en la reunión de seguimiento a aprobar legalmente la subida, sin especificar una fecha. CSIF reclama un real decreto-ley antes de las elecciones generales del 29 de noviembre para evitar retrasos. El sindicato también señala que las distintas administraciones necesitan tiempo para presupuestar y preparar las nóminas. Son dos cuestiones diferentes: el acuerdo contiene la mejora salarial y su calendario; la norma que permita ejecutarla debe completar el proceso pendiente.
Qué supondría una subida del 4,5 % sobre el sueldo bruto
El apartado de retribuciones establece que el 4,5 % se calculará sobre los salarios ya incrementados en 2026. También define el aumento como consolidable, con efectos del 1 de enero de 2027. Un ejemplo ayuda a dimensionarlo: sobre una retribución anual computable de 30.000 euros, ese porcentaje representa 1.350 euros brutos adicionales. El resultado sería de 31.350 euros anuales. Es una simulación matemática sobre una base hipotética, no una tabla salarial aprobada para una categoría profesional concreta.
Una referencia mensual de 2.000 euros sometida íntegramente al incremento aumentaría en 90 euros brutos. La cantidad finalmente ingresada dependerá de las retenciones y descuentos aplicables. Tampoco debe confundirse la retribución anual con doce mensualidades idénticas, porque existen pagas extraordinarias y componentes salariales distintos. Para comprobar la mejora individual habrá que identificar los conceptos afectados y las tablas resultantes. Multiplicar cualquier ingreso bancario por el 4,5 % no permite anticipar con precisión la futura nómina neta.
El 0,5 % adicional corresponde a 2026 y depende de la inflación
El otro porcentaje citado en los comunicados tiene un origen y una condición diferentes. El Real Decreto-ley 14/2025 regula para 2026 una subida fija del 1,5 % y un posible 0,5 % adicional. Este último depende de que la variación del IPC de 2026 sea igual o superior al 1,5 %. Si se cumple, se abonará durante el primer trimestre de 2027 con efectos desde el 1 de enero de 2026. La fecha del pago no cambia el ejercicio al que corresponde.
Por eso, sumar ambos porcentajes y anunciar una única subida nueva del 5 % en enero simplificaría incorrectamente el calendario. El 4,5 % pertenece al acuerdo para 2027; el 0,5 % completa, si procede, la mejora del año anterior. Además, la norma exige conocer el dato del IPC y aprobar su aplicación mediante acuerdo del Consejo de Ministros publicado en el BOE. Los empleados deben distinguir entre actualización ordinaria y atrasos, también cuando comparen la paga extra de 2026 con pagos posteriores.
Qué debe concretarse antes de trasladar el incremento a las nóminas
La publicación del acuerdo no sustituye las iniciativas normativas necesarias para desarrollarlo. Su apartado duodécimo recoge precisamente el compromiso gubernamental de impulsarlas dentro de la negociación colectiva. La reunión de octubre se produjo en la comisión encargada de seguir ese cumplimiento. Junto a los salarios, CCOO reclamó avances en empleo, indemnizaciones por residencia y razón de servicio, clasificación profesional y jubilación parcial. Estas cuestiones permanecen diferenciadas: el anuncio retributivo no permite dar por aprobadas todas las restantes medidas.
El documento salarial también prevé un aumento del 2 % en 2028 sobre las retribuciones ya actualizadas de 2027. Añade que los incrementos pactados no podrán compensarse ni absorberse. Para seguir la aplicación inmediata, las referencias son la norma estatal pendiente y las instrucciones de nómina de cada administración.
El acuerdo publicado en el BOE permite contrastar los porcentajes y sus bases de cálculo. La fecha concreta de aprobación del desarrollo para 2027 no había sido comunicada en la reunión reseñada.
