La normativa española no prohíbe expresamente conducir con chanclas, sandalias o descalzo. Sin embargo, el conductor puede ser sancionado cuando el calzado limita sus movimientos o dificulta el manejo seguro de los pedales.
Con la llegada del verano, muchos conductores sustituyen el calzado cerrado por chanclas, alpargatas o sandalias. Aunque ponerse al volante con este tipo de calzado no constituye una infracción por sí mismo, la Guardia Civil advierte de que puede existir multa cuando afecte al control del vehículo.
Conducir con chanclas no está prohibido, pero puede terminar en una multa
Un agente de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil ha explicado el criterio que se aplica en estos casos: “Sí se puede, salvo que el uso de este calzado interfiera en la conducción y pueda ocasionar un accidente”. Por tanto, la denuncia no se impone por llevar chanclas, sino por la pérdida de seguridad que puedan provocar.
El artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación obliga a mantener la libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente. Además, el artículo 17.1 establece que los conductores deben estar en todo momento en condiciones de controlar el vehículo.
Una chancla suelta puede resbalar, desprenderse del pie o quedar enganchada bajo un pedal. Si el agente observa que esta circunstancia impide frenar, acelerar o utilizar el embrague con precisión, podrá formular la correspondiente denuncia.
La cuantía de la sanción depende del riesgo observado por el agente
La Dirección General de Tráfico señala que la multa por utilizar un calzado que dificulte el manejo de los pedales puede alcanzar los 80 euros. El importe no se aplica automáticamente por llevar chanclas, ya que debe existir una conducta que comprometa la seguridad.
La cuantía puede llegar a 200 euros cuando los hechos sean calificados como conducción negligente. La Ley de Tráfico considera esta conducta una infracción grave y fija para ella una sanción de 200 euros. Esto podría ocurrir, por ejemplo, si el conductor realiza maniobras peligrosas o invade otro carril debido a la falta de control.
Por este motivo, no existe una multa única por conducir con chancletas. La sanción dependerá de la conducta observada, del peligro generado y del precepto aplicado por los agentes de tráfico.
El calzado más seguro debe sujetar el pie y responder bien en los pedales
La DGT recomienda utilizar un calzado bien sujeto, flexible y con una suela que no resbale. También debe permitir ejercer la presión adecuada sobre los pedales y carecer de elementos que puedan engancharse en el interior del vehículo.
Los zapatos demasiado grandes, pesados o rígidos tampoco son adecuados, ya que pueden dificultar los movimientos o provocar que se pisen dos pedales al mismo tiempo. Las mismas precauciones afectan a los tacones altos, plataformas, zuecos y determinadas botas.
Una opción sencilla consiste en guardar unas zapatillas de repuesto en el maletero y cambiarse antes de iniciar el trayecto. El calzado que no se utilice debe quedar almacenado y no suelto junto a los pedales.
Estas recomendaciones reducen los riesgos al conducir durante los meses de verano
Durante los desplazamientos estivales, los organismos de tráfico aconsejan adoptar varias medidas de seguridad:
- Evitar las comidas copiosas antes y durante el viaje.
- Descansar cada dos horas o ante cualquier síntoma de cansancio.
- Beber agua con frecuencia y no consumir alcohol.
- Mantener el habitáculo ventilado y a una temperatura aproximada de entre 21 y 23 grados.
- Utilizar ropa cómoda y un calzado que no limite los movimientos.
- Reducir la velocidad y aumentar la distancia de seguridad cuando aparezcan tormentas o lluvia.
La DGT también aconseja comprobar antes de salir el estado de los neumáticos, los frenos, los niveles de líquidos y el funcionamiento del aire acondicionado, especialmente cuando se prevén desplazamientos largos.
