Últimos días para solicitar en Madrid la ayuda de hasta 4.000 euros por contratar empleadas del hogar

La Comunidad de Madrid mantiene abierto solo hasta el 30 de abril de 2026 el plazo para solicitar estas subvenciones, dirigidas a familias que contrataron empleadas del hogar durante 2025 para facilitar la conciliación.

Las ayudas están destinadas a quienes cuentan con una persona contratada en casa para el cuidado de menores o familiares con discapacidad o dependencia. El objetivo es aliviar el coste que supone para muchas familias mantener este apoyo en el domicilio. Y ojo, porque el plazo está ya en su recta final.

Quién puede solicitar las ayudas de Madrid para empleadas del hogar

La Comunidad de Madrid ofrece esta línea de subvenciones para la contratación de personas empleadas del hogar cuya finalidad principal sea atender necesidades de cuidado o atención dentro del hogar familiar.

¿Quiénes pueden pedirla? Principalmente, las personas que tengan hijos menores de 12 años o menores de 18 con discapacidad. También pueden acceder las familias con otros familiares a cargo hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, siempre que tengan una discapacidad igual o superior al 50% o estén en situación de dependencia.

Esta medida se apoya en el acuerdo de Gobierno del 24 de mayo de 2023, que aprobó las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de estas subvenciones para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral.

Requisitos principales para acceder a la subvención antes del fin del plazo

Para recibir la ayuda, no basta con haber contratado a una persona empleada del hogar. La Comunidad de Madrid exige cumplir una serie de condiciones relacionadas con la residencia, la actividad laboral, la situación familiar y las obligaciones económicas. Estos son los requisitos más destacados:

  • Residir y estar empadronado en el mismo domicilio que el menor o familiar para cuyo cuidado se contrata a la empleada del hogar.
  • Que la persona contratada esté dada de alta en la Seguridad Social y tenga contrato por escrito.
  • Que la finalidad principal del contrato sea el cuidado o atención en el domicilio familiar.
  • Que la renta per cápita de la unidad familiar no sea igual o superior a 30.000 euros.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Comunidad de Madrid.

Además, en los casos de cuidado de menores, los progenitores deben desarrollar una actividad retribuida por cuenta propia o ajena a jornada completa durante el periodo subvencionable, salvo las excepciones previstas para discapacidad, familia numerosa o familia monoparental.

Cuánto dinero se puede cobrar por estas ayudas a empleadas del hogar

El periodo subvencionable corresponde a contrataciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Es decir, la ayuda se pide ahora, pero se refiere a empleadas contratadas durante el año anterior.

Para acceder, debe acreditarse que la relación laboral y el alta en la Seguridad Social se mantuvieron durante al menos 58 días naturales.

Renta per cápita familiarPorcentaje de ayuda
Inferior a 20.000 euros100%
De 20.000 a 29.999 euros60%
30.000 euros o másSin derecho a subvención
Familia monoparental100%, si no alcanza los 30.000 euros

La cuantía máxima puede alcanzar los 4.000 euros, dependiendo de la renta familiar y de las condiciones acreditadas por la persona solicitante.

Cómo solicitar la ayuda en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid

Las familias que cumplan los requisitos tienen hasta el 30 de abril de 2026 para presentar la solicitud. ¿Dónde se hace el trámite? A través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.

Durante el proceso se pedirá documentación como la adenda del contrato de trabajo de la persona empleada, el formulario de miembros de la unidad familiar, el formulario de otorgamiento de representación y otros documentos que acrediten situaciones como discapacidad o dependencia.

El plazo máximo de resolución es de cuatro meses. Además, los solicitantes pueden consultar el estado del expediente en la propia sede electrónica y, en caso de resolución desfavorable, presentar el recurso correspondiente.

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