El organismo tendrá en cuenta las pagas extraordinarias de la pensión para comprobar la carencia de rentas, algo clave para mantener o no el subsidio por desempleo. Las pensiones, salvo algunas muy específicas como la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez, se incluyen en el cálculo del límite de rentas que marca el acceso a los subsidios por desempleo. La gran duda es si las pagas extras cuentan, un detalle que puede decidir la concesión de la ayuda.
Cómo computa el SEPE las pagas extras de las pensiones para el subsidio
Esta cuestión la explicó Fernando Maján, asesor de la Subdirección General de Prestaciones del SEPE. Una oyente preguntó si podía acceder al subsidio de mayores de 52 años con una pensión de viudedad de 890 euros mensuales, creyendo que las pagas extraordinarias no contarían al haberse fijado el nuevo límite de rentas en 915,75 euros.
¿Qué ocurre en estos casos? Las pagas extras sí se computan: el SEPE suma las catorce pagas anuales y las divide entre doce para obtener una media mensual y, en el caso de esta mujer, ese prorrateo hacía que se superara el límite de rentas, aunque solo se hable del 75 por ciento del SMI. Para entenderlo de un vistazo, este cuadro resume cómo se tratan las pensiones y sus pagas en el cálculo de rentas:
| Concepto | Tratamiento para el límite de rentas |
|---|---|
| Pensión con 14 pagas anuales | El SEPE suma las 14 pagas y las divide entre 12 |
| Pagas extraordinarias de la pensión | Se tienen en cuenta mediante prorrateo mensual |
| Incapacidad permanente absoluta o gran invalidez | Excepciones en las que la pensión no computa |
Por tanto, no basta con mirar lo que se cobra en las doce mensualidades ordinarias; hay que sumar también las pagas extras para saber si se respeta o no el límite exigido por el SEPE.
Límite de rentas del 75 por ciento del SMI tras la subida de 2026
La carencia de rentas es clave para acceder a los subsidios. Tras la última subida del Salario Mínimo Interprofesional en 2026, el SEPE marca que no se puede superar cada mes el 75 por ciento del SMI, con un límite de 915,75 euros. Si por ingresos extraordinarios, como una herencia o un premio de lotería, se rebasa esa cantidad, debe comunicarse al organismo en un máximo de 30 días y el subsidio se suspende durante al menos un mes.
Ingresos extraordinarios, cargas familiares y declaración anual de rentas en el subsidio de mayores de 52 años
Otro factor clave es la situación familiar. Cuando hay cargas familiares, el límite de rentas se divide entre los miembros de la unidad familiar para calcular una media por persona, pero en el subsidio para mayores de 52 años solo se tienen en cuenta los ingresos del propio perceptor, incluida su pensión y lo que reciba de forma extraordinaria.
Este subsidio es el único que exige cada año la Declaración Anual de Rentas (DAR), con la que el SEPE comprueba los ingresos. Para conservar este subsidio conviene tener claras estas obligaciones:
- Respetar el límite del 75 por ciento del SMI y comunicar al SEPE los ingresos extraordinarios y la DAR en plazo.
Así se evita un disgusto: una mínima diferencia, como el prorrateo de las pagas extras, puede dejar fuera del subsidio a quien cree estar justo al límite.
