La ayuda municipal sube un 6% respecto a 2024 y amplía el acceso a hogares con rentas de hasta 704,79 euros al mes por persona. Servicios Sociales tramita y concede la prestación, válida para alimentación, higiene y, desde noviembre de 2024, abono transporte.
Las familias madrileñas con bajos ingresos, en situación de vulnerabilidad o desempleo, pueden solicitar la Tarjeta Familia del Ayuntamiento de Madrid. El incremento del 6% aplicado desde abril, acorde con la subida del SMI, busca compensar el encarecimiento de la cesta de la compra y llegar a más beneficiarios.
Quién puede pedir la Tarjeta Familia y qué ingresos se tienen en cuenta
¿Quiénes pueden solicitarla y por qué puede interesarte? La Tarjeta Familia está dirigida a unidades familiares con bajos ingresos o afectadas por el desempleo. Permite pagar productos de higiene o alimentación y, desde noviembre de 2024, el abono transporte. Los nuevos límites facilitan el acceso a personas con rentas de hasta 704,79 euros al mes.
Para determinar el derecho se calcula la renta per cápita: se dividen los ingresos entre los miembros de la unidad familiar, computando cada adulto como 1 y cada menor de edad como 1,5. De ahí que el tamaño y la composición del hogar influyan directamente en la cuantía. Además, la concesión corresponde a Servicios Sociales.
Cuantías mensuales según miembros del hogar y límites de renta per cápita
Las cantidades se fijan según la renta per cápita y el número de convivientes. ¿Cuánto se cobra? Estos son dos ejemplos publicados por el Ayuntamiento:
Miembros del hogar | Renta per cápita ≤ 75,11 €/mes | Renta per cápita > 75,11 €/mes |
---|---|---|
1 persona | 175 € | 146 € |
2 personas | 315 € | 233 € |
3 personas | 420 € | 292 € |
4 personas | 525 € | 350 € |
5 personas | 630 € | 408 € |
6 o más personas | 735 € | 466 € |
Como ves, la cuantía sube cuando la renta per cápita es más baja y el hogar es más numeroso. El detalle de importes para el resto de tamaños de familia se consulta en la web municipal.
Requisitos para cobrar la ayuda municipal y comprobar la situación de necesidad
Antes de pedirla, conviene revisar qué exige la convocatoria, es clave reunir la documentación:
- Acreditar la situación de necesidad.
- Estar empadronado en el distrito al que se dirige la solicitud.
- Presentar fotocopia del DNI, fotocopia del libro de familia y documentación económica del hogar.
- Aceptar el diseño de intervención social, donde se recogen las condiciones de uso de la tarjeta prepago.
No todas las tarjetas se recargan con la misma cantidad todos los meses: variarán según la renta y los criterios de valoración previstos en la Ordenanza de Prestaciones Económicas del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid.
Cómo solicitar la ayuda paso a paso, presencial o por internet
¿Prefieres hacerlo en persona? Puedes acudir al centro de Servicios Sociales de tu zona, donde te orientarán y registrarán la solicitud. ¿Te resulta más cómodo desde casa? También es posible tramitarla en línea: hay que descargar el impreso, marcar la casilla de ‘necesidades básicas de alimentos’ y autorizar al Ayuntamiento a consultar rentas e ingresos. Además, se deben aportar certificados que acrediten si algún miembro recibe otra ayuda económica.
Si estás en paro, presenta el certificado de desempleo; si eres pensionista, el certificado de pensión de jubilación o de viudedad. Por último, se pide una declaración responsable en la que consten las obligaciones de la ayuda y que no se están percibiendo otras prestaciones incompatibles. Fácil y, sobre todo, pensado para no dejar a nadie atrás.
Documentación necesaria, plazos orientativos de solicitud y organismos públicos que intervienen
La tramitación y la concesión dependen de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid. Por otro lado, las cuantías exactas, cualquier actualización y los plazos o convocatorias disponibles se consultan en la página web municipal. En consecuencia, conviene revisar esa información oficial antes de enviar la solicitud; así evitarás devoluciones y ganarás tiempo.