Un trabajador pretendía cobrar el paro provocando su propio despido usando el truco de la ausencia: “no tenía intención de volver”

El TSJC determina que las ausencias sin justificación evidencian una dimisión tácita y no un despido.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) puso fin al plan de un trabajador que pretendía cobrar el paro provocando su propio despido. Este empleado, de la cadena de decoración Maisons du Monde España, dejó de acudir a su puesto sin previo aviso, esperando que la empresa le echara. Sin embargo, la resolución judicial concluye que su actitud evidenciaba una renuncia voluntaria, negándole la posibilidad de acceder a la indemnización o a la compensación que habría buscado en caso de despido.

Cómo las faltas de asistencia injustificadas desencadenaron la demanda del trabajador

Los hechos se remontan a octubre de 2022, cuando el cajero de una de las tiendas de Maisons du Monde España dejó de presentarse sin dar explicaciones. ¿Te imaginas faltar varios días seguidos para forzar a la empresa a despedirte? Eso fue exactamente lo que sucedió. Según se recoge en la sentencia, el último día que trabajó fue el 22 de octubre. Tras varios días de ausencia, la directora de la tienda informó al departamento de Recursos Humanos de que el hombre “no tenía intención de volver”.

La empresa, lejos de cursar un despido disciplinario, lo dio de baja en la Seguridad Social con fecha retroactiva, entendiendo que se trataba de un abandono voluntario. Disconforme con esta decisión, el trabajador interpuso una demanda asegurando que había sido despedido de forma improcedente.

Por qué el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña rechazó su petición final

En primera instancia, el Juzgado de lo Social nº 2 de Terrassa dio la razón a la empresa, y solo le reconoció al afectado una cuantía en concepto de pagas extraordinarias. Al no estar de acuerdo, el hombre llevó el caso ante el TSJC, que confirmó la resolución previa. En su fallo, el alto tribunal explica que las reiteradas faltas de asistencia y la clara voluntad de forzar el despido constituyen una dimisión tácita.

Según se desprende de la sentencia, la empresa actuó ajustándose a la ley, ya que no estaba obligada a rescindir el contrato de manera formal si el empleado había dejado de acudir sin justificación alguna. El TSJC recalca además que intentar forzar un despido para beneficiarse de posibles prestaciones no deja de ser un fraude de ley.

FechaSuceso
22 de octubre de 2022Último día de asistencia del trabajador
25 de octubre de 2022Se informa de la baja voluntaria por ausencia injustificada
2023El TSJC confirma la dimisión tácita y desestima el recurso del trabajador

La importancia de la buena fe en el ámbito laboral

Este caso ejemplifica cómo las estrategias basadas en faltas injustificadas pueden volverse en contra de quien las pone en práctica. Además, sirve de advertencia para quienes piensen en tácticas similares. Ojo con las consecuencias: los tribunales pueden interpretar la ausencia prolongada como una renuncia implícita a la relación contractual. A continuación, se enumeran algunas conclusiones que los trabajadores deben tener en cuenta:

  1. Abandonar el puesto sin justificación puede entenderse como baja voluntaria.
  2. Las ausencias prolongadas no garantizan despido ni compensaciones.
  3. Los tribunales analizan las pruebas y la intención real del trabajador.

En resumen, dejar de presentarse para forzar un despido no es una fórmula que asegure beneficios. Tal y como ha sucedido en este proceso, la Justicia subraya que la buena fe resulta esencial para el normal desarrollo de las relaciones laborales.

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