Un jubilado gana a la Seguridad Social y recupera más de 10.000 euros tras años de negativas

Un jubilado de Madrid recupera más de 10.000 euros por el complemento de maternidad. Un pensionista madrileño ha conseguido que la Seguridad Social le pague atrasos e indemnización tras negarle el complemento de maternidad en su pensión. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid refuerza su derecho a la igualdad.

Este jubilado de Madrid ha ganado una batalla frente a la Seguridad Social para que se reconociera su derecho al complemento de maternidad en la pensión de jubilación. Tras varios años de negativas, ha recuperado más de 10.000 euros sumando atrasos e indemnización.

Quién puede cobrar el complemento de maternidad en la pensión de jubilación

El complemento de maternidad pretende compensar el perjuicio que muchas mujeres han sufrido en su carrera profesional por asumir el cuidado de los hijos, mediante un aumento de la pensión por cada hijo o hija.

Cuando es un hombre quien ve perjudicada su trayectoria laboral por dedicarse al cuidado de los hijos, también puede tener derecho a que se le reconozca este complemento en su pensión. ¿Cuántos pensionistas en la misma situación sabrán que pueden reclamarlo?

En este caso, el complemento supone un incremento mensual de 35,90 euros por cada hijo o hija. Al no concederse desde el inicio de la jubilación, se generaron atrasos que la Seguridad Social tuvo que pagar cuando reconoció el derecho.

Cómo ha logrado este jubilado de Madrid que la Seguridad Social le pague el complemento

El conflicto comenzó en 2021, cuando el jubilado pidió a la Seguridad Social que le aplicara el complemento de maternidad en su pensión y recibió varias resoluciones denegatorias del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Ante estas negativas, decidió acudir a la vía judicial. Una vez iniciado el procedimiento, la Seguridad Social reconoció que se había equivocado y empezó a abonarle el complemento junto con los atrasos correspondientes, que alcanzaron los 9.000 euros aproximadamente. Además, la justicia ha ordenado una indemnización de 1.800 euros por la vulneración de su derecho a la igualdad. Las cantidades recuperadas pueden resumirse así:

  • 9.000 euros por los atrasos del complemento.
  • 1.800 euros en concepto de indemnización.
  • Más de 10.000 euros en total tras la reclamación.

En definitiva, el pensionista no solo consiguió que se le reconociera el complemento en su pensión mensual, sino que también obtuvo una compensación adicional por el perjuicio sufrido. ¿Qué habría pasado si se hubiera rendido? No está nada mal para una reclamación que muchos habrían dejado estar tras la primera negativa.

Qué ha decidido la justicia sobre la actuación de la Seguridad Social en este caso

El asunto llegó primero al Juzgado de lo Social nº 44 de Madrid, que dio por finalizado el procedimiento al considerar que, una vez reconocido el complemento y abonados los atrasos, no procedía conceder una indemnización. El jubilado no se conformó y recurrió esta decisión.

El caso terminó en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha considerado que el Instituto Nacional de la Seguridad Social vulneró el derecho a la igualdad al denegar inicialmente el complemento de maternidad. Por ello ordena que se indemnice al pensionista con 1.800 euros, cantidad que se suma a los atrasos ya percibidos. Para entender mejor el recorrido del caso, se puede resumir en la siguiente tabla:

Momento del casoActuación principalÓrgano o entidad implicada
Año 2021Solicita el complemento y recibe denegacionesInstituto Nacional de la Seguridad Social
Tras las denegacionesPresenta demanda judicial por el complementoJuzgado de lo Social nº 44 de Madrid
Durante el proceso judicialLa Seguridad Social reconoce el error y paga atrasosInstituto Nacional de la Seguridad Social
Recurso posteriorEl tribunal aprecia vulneración de igualdad e impone 1.800 eurosTribunal Superior de Justicia de Madrid

Como se aprecia, la insistencia del pensionista ha sido clave para conseguir tanto el reconocimiento del complemento como la indemnización. Esta resolución puede servir de referencia para otros jubilados en situación similar.

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