UGT avisa del riesgo de que los trabajadores de baja no vean a tiempo una notificación de la Seguridad Social

El sindicato anuncia que recurrirá decisiones comunicadas sin garantías mientras el INSS defiende que avisa por SMS o correo electrónico.

UGT ha rechazado el nuevo sistema de comunicaciones electrónicas de la Seguridad Social para quienes solicitan o cobran prestaciones por incapacidad temporal. La obligación funciona desde el 1 de septiembre de 2026. Puede afectar a citaciones médicas y resoluciones relevantes durante una baja. El INSS sostiene que envía avisos previos y ofrece ayuda presencial. El sindicato considera insuficientes esas garantías y anuncia impugnaciones cuando una resolución dependa exclusivamente del canal digital.

La obligación incluye varias prestaciones por incapacidad

La Orden ISM/541/2026 amplió las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración de la Seguridad Social. Incluye a solicitantes o perceptores de incapacidad temporal. También alcanza comunicaciones sobre incapacidad permanente y lesiones permanentes no incapacitantes.

El cambio no afecta de igual forma a todos los pensionistas. Jubilación, viudedad, orfandad e Ingreso Mínimo Vital no aparecen incorporados por esta modificación concreta. Quien esté de baja puede consultar las reglas de la incapacidad temporal sin confundir los avisos administrativos con los partes enviados a la empresa.

El aviso no contiene necesariamente la resolución

La Seguridad Social explica que remite un aviso cuando deja una notificación disponible en su sede electrónica. Puede llegar por SMS o correo. Acceder exige certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

La persona debe comprobar el documento alojado en la sede, no responder al SMS ni facilitar claves mediante un enlace dudoso. Las oficinas del INSS pueden tramitar certificado o Cl@ve permanente sin cita previa, según el Ministerio. Esta asistencia resulta importante para quienes tienen dificultades digitales.

UGT teme indefensión y nuevos fraudes

Pepe Álvarez calificó la medida de temeraria y criticó que no se consultara previamente a los sindicatos. UGT teme que algunos afectados ignoren mensajes por miedo a una estafa. También advierte del riesgo de perder una citación o conocer tarde un alta médica.

El sindicato anunció que impugnará resoluciones cuando considere que la comunicación telemática no ofreció garantías suficientes. Esa declaración no anula la orden ni suspende automáticamente las notificaciones. Cada afectado deberá atender los plazos que figuren en su expediente y guardar pruebas de acceso.

Qué debe revisar una persona de baja

Resulta útil actualizar teléfono y correo en los canales oficiales y entrar periódicamente en la sede electrónica. Nunca deben comunicarse contraseñas, códigos de firma o datos bancarios por mensajes recibidos. La vida laboral y días cotizados se consultan mediante servicios distintos.

Si llega una resolución de alta, incapacidad o prestación, debe leerse la fecha de efectos y la vía de reclamación. Los plazos pueden ser breves y dependen del acto comunicado. Una duda sobre acceso digital no sustituye el asesoramiento jurídico ni paraliza por sí sola el procedimiento.

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