El origen del caso se remonta a hace casi una década, cuando Bimbo decidió acudir a los tribunales con un objetivo claro: blindar su marca frente a lo que consideraba un uso indebido por parte de Atlanta Restauración Temática, dedicada a la distribución en el sector hostelero.
Según Bimbo Donuts Iberia, Atlanta empleaba denominaciones como Donut, Donuts o incluso Redondoughts en su actividad comercial. A su juicio, ese uso perjudicaba el prestigio y la identidad del producto y suponía aprovecharse de un nombre que forma parte del imaginario español asociado a este bollo con agujero.
Los argumentos de Atlanta Restauración Temática y las primeras decisiones judiciales sobre la marca Donuts
En un primer momento, ni el juzgado ni la Audiencia Provincial dieron la razón a Bimbo. Las primeras sentencias no apreciaron infracción suficiente como para estimar sus pretensiones frente a Atlanta Restauración Temática.
La defensa de Atlanta se centró en que su utilización del término era mínima, no se empleaba como marca y, además, ya había sido retirada. A esto sumaron un argumento clave: el término “dónut” ha arraigado tanto en el uso cotidiano que la propia RAE lo ha incorporado al diccionario, lo que, a ojos de los tribunales, complicaba trazar la línea entre el uso genérico y la vulneración de la marca.
El Tribunal Supremo modifica el rumbo del caso y respalda la exclusividad de Grupo Bimbo sobre Donuts
Lejos de darse por vencida, Bimbo presentó dos recursos: uno procesal, que fue desestimado, y otro de casación, que ha resultado decisivo para cambiar el signo del litigio. Es esta última vía la que ha terminado inclinando la balanza a su favor.
El Supremo subraya que el uso de una marca debe ser “leal” y considera que la actuación de Atlanta implicaba un “aprovechamiento indebido” del renombre de Donuts, dañando su carácter distintivo. Además, resalta un matiz esencial: Atlanta no utilizaba el término genérico recogido por la RAE, sino el Donut con mayúscula, exactamente igual que figura en el registro de la marca comercial.
Impacto de la sentencia del Supremo sobre la venta de dónuts, la marca Donuts y la propiedad intelectual
El Alto Tribunal concluye que Atlanta no actuó de acuerdo con los intereses legítimos de Bimbo y dicta una sentencia contundente: la empresa queda obligada a dejar de utilizar la marca Donuts de cualquier forma en su actividad.
Bimbo celebra la resolución y afirma que la decisión “sienta un precedente inquebrantable en la defensa de la propiedad intelectual en España”. El panorama que se dibuja tras el fallo es claro: solo Bimbo podrá vender dónuts en España bajo esa denominación. Quien quiera comercializar el mismo bollo deberá hacerlo con otro nombre. Desde el punto de vista legal, el círculo se ha cerrado.
