María Elena, en silla de ruedas y con fibromialgia es obligada a volver al trabajo tras negarle el INSS la incapacidad

¿Alguna vez has intentado limpiar tu casa cuando la espalda te duele hasta para toser? Ahora imagina ese dolor multiplicado por diez y, además, deslizarte en silla de ruedas por los pasillos de un colegio. Eso es lo que vive cada día María Elena, trabajadora de 54 años en el colegio público Mendigoiti de Pamplona (Navarra). Tras varias bajas médicas y un diagnóstico de fibromialgia y fatiga crónica con un 49 % de discapacidad reconocido por Osasunbidea, su empresa, Zaintzen, le ordenó volver a empuñar la fregona.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se lo puso fácil… para la empresa: negó su incapacidad permanente. Resultado: María Elena ha tenido que pedir una excedencia (una pausa voluntaria sin sueldo) y sobrevivirá sin cobrar, al menos, hasta el 7 de enero de 2025.

¿Por qué María Elena ha tenido que renunciar a su sueldo?

La historia reciente arranca el 10 de junio de 2025, cuando el INSS comunicó formalmente a la limpiadora que no veía motivos para concederle la incapacidad permanente. Dos días después, el 12 de junio, Zaintzen le mandó un SMS eximiéndola de ir al trabajo “hasta nuevo informe de aptitud laboral”. Parecía un respiro.

Sorpresa: el 13 de junio llegó otro mensaje. La vigilancia de la salud empresarial dictaminaba que María Elena era “apta con limitaciones”. Según el papel, debía trabajar dos horas seguidas de pie y descansar cinco minutos sentada. Fácil… salvo porque ella depende de una silla de ruedas y los médicos recomiendan que pase gran parte del día tumbada para mitigar el dolor.

¿Cómo justifica el INSS su decisión?

El argumento oficial se apoya en los informes médicos existentes. Uno fechado el 15 de agosto de 2022 concluye que sus dolencias son “crónicas” y que suponen “una limitación muy importante para la mayoría de actividades cotidianas”. Otra revisión, del 7 de noviembre de 2022, añade que desde hacía dos meses necesitaba la silla de ruedas para cualquier trayecto superior a 10‑15 minutos caminando.

Aun así, el INSS mantuvo que sus dolencias no alcanzan el umbral de “invalidez absoluta”. En cristiano: consideran que todavía puede desempeñar alguna tarea. El resultado práctico es que María Elena se ve en la obligación de elegir entre trabajar un empleo físicamente imposible o renunciar temporalmente a su salario.

¿Qué pasos puedes seguir si te ocurre algo parecido?

Antes de que el papeleo te atropelle, y porque la burocracia española cobra su propio peaje de paciencia, conviene prepararse con antelación. Sigue estas acciones básicas para no quedarte en blanco cuando suena el despertador de la Seguridad Social:

  1. Pide por escrito una evaluación médica actualizada. Asegúrate de que el informe incluya fecha (día, mes y año) y descripciones claras de tus limitaciones.
  2. Solicita la incapacidad permanente y guarda copia de todo. Incluye informes, recetas y pruebas diagnósticas; los tribunales valoran la “trazabilidad” del dolor.
  3. Contacta con tu comité de empresa o sindicato. LAB, CCOO o UGT, entre otros, pueden acompañarte y plantar cara cuando los SMS‑relámpago de recursos humanos te pillen fuera de juego.
  4. Recurre la resolución del INSS en vía administrativa. Tienes 30 días naturales desde la notificación; un buen abogado laboralista puede marcar la diferencia.
  5. Valora la excedencia como último recurso. Es una suspensión voluntaria del contrato (sin salario ni cotización), pero evita que te despidan por ausencias inasumibles.

Esa única lista resume los imprescindibles; conviene pegarla en la puerta del frigorífico para que los plazos no te pillen a contrapié.

Actuar con rapidez es clave: la Seguridad Social gana por incomparecencia cuando dejamos correr los días. Por otro lado, documentar el impacto real de la enfermedad (fotos, registros de medicación, partes de urgencias) refuerza futuras reclamaciones judiciales. En definitiva, papelito mata SMS.

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