Europa acusa a Sanidad de imponer una Ley Antitabaco que viola el libre comercio de productos autorizados por Bruselas

Suecia, Italia, Grecia, Hungría, República Checa y Rumanía denuncian en Bruselas que el Real Decreto 47/2024 restringe la libre circulación de productos y exigen a Sanidad rectificar en tres meses.

El Ministerio de Sanidad encara un serio revés europeo: media docena de Estados miembros han activado el “botón rojo” contra la recién aprobada Ley Antitabaco sobre productos del tabaco calentado. El procedimiento TRIS ha dejado en suspenso el Real Decreto 47/2024 (publicado en el BOE el 17 de enero) mientras la Comisión Europea analiza si las nuevas restricciones españolas chocan con el mercado único.

Qué cambios introduce la Ley Antitabaco sobre los productos del tabaco calentado en España y por qué despierta tanta polémica

El texto, impulsado por la ministra Mónica García, traslada al ordenamiento español la Directiva Delegada (UE) 2022/2100. Su objetivo principal es prohibir aromas característicos en cigarrillos electrónicos, filtros, papeles y cápsulas, además de limitar el contenido de nicotina en las populares “bolsas” a 0,99 mg por unidad. ¿Pretende Sanidad reducir el atractivo del vapeo o ha ido más allá de Bruselas? Esa es la cuestión que agita al sector y a las capitales europeas.

Antes de continuar, conviene repasar qué prohíbe exactamente el decreto y qué críticas ha cosechado:

  • Aromas distintos al tabaco en productos calentados: veto total.
  • Aromatizantes en filtros, papeles y cápsulas: veto total.
  • Nicotina en bolsas “snus”: límite de 0,99 mg/unidad (muy por debajo del estándar europeo).
  • Venta en España: posible bloqueo a referencias ya legales en otros países.

Por consiguiente, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) advirtió el 10 de abril que las restricciones “carecen de base empírica sólida” y podrían lastrar la competitividad.

Por qué Suecia, Italia y otros cuatro países creen que la norma vulnera la libre circulación europea y qué consecuencias puede tener

El fuego cruzado llegó a Bruselas el mismo día en que Suecia, Italia, Grecia, Hungría, República Checa y Rumanía registraron objeciones formales. A su juicio, España impone barreras injustificadas que rompen la armonización comunitaria: si un producto es legal en Estocolmo o Praga, también debería serlo en Madrid. De ahí que pidan suspender el proceso legislativo durante tres meses y exijan a Sanidad una respuesta convincente. Esta es una lista de objeciones más repetidas:

  1. Infracción del principio de libre circulación de bienes.
  2. Ausencia de evidencia científica que respalde límites tan estrictos.
  3. Riesgo de distorsionar la competencia en el sector del vapeo.

“Si España no rectifica, se expone a recursos ante el Tribunal de Justicia de la UE”, advierte la Unión de Promotores y Empresarios del Vapeo (UPEV). ¿Está listo el Gobierno para asumir ese pulso?

A continuación, un vistazo rápido a las posiciones enfrentadas:

Medida españolaArgumento de los seis paísesPosible impacto
Prohibición de saboresObstaculiza la innovación y la sustitución del tabaco combustiblePérdida de ventas y competitividad
Límite 0,99 mg nicotinaNo se aplica en la mayoría de la UEProductos vetados en el mercado español
Veto aromatizantes en filtrosFalta de estudios concluyentesIncertidumbre regulatoria

Como puede verse, la mesa de negociación estará cargada de cifras y reproches.

Requisitos y plazos que debe cumplir Sanidad antes de seguir adelante con el Real Decreto 47/2024, según el procedimiento TRIS

El “semáforo rojo” europeo no es eterno, pero sí vinculante. Sanidad dispone de tres meses para contestar a cada comentario de la Comisión Europea y de los Estados miembros. Durante ese tiempo:

  1. Debe justificar que las restricciones son proporcionadas y basadas en evidencia.
  2. Puede modificar o retirar parcialmente el decreto; de lo contrario, arriesga un procedimiento de infracción.
  3. Debe coordinarse con los servicios jurídicos estatales para blindarse ante posibles demandas.

Quien quiera seguir fumando, o intentando dejarlo, se pregunta: “¿Habrá cambios en los estancos antes del verano?”. Todo depende de si Sanidad abre la puerta al diálogo o mantiene el “no” a los aromas.

Cómo afecta a consumidores y comercios españoles

  • Consumidores adultos: podrían perder acceso a referencias aromatizadas toleradas en la UE.
  • Tiendas especializadas: temen un golpe a las ventas y un trasvase al mercado ilícito.
  • Menores: objetivo declarado de protección, aunque el sector insiste en que ya existen controles de edad.

“Si no fumas, no vapees”, repite la patronal del vapeo para defender su papel como herramienta de cesación tabáquica. No obstante, incluso dentro de España hay voces dispares sobre la eficacia de prohibir sabores.

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