Esta vecina aparca tres vehículos en una sola plaza y generan un conflicto vecinal: la Audiencia dicta sentencia

¿Quién no ha visto un coche aparcado a caballo de la línea en el garaje? En Málaga, ese gesto costumbrista acabó en un juicio entre vecinos. La Audiencia Provincial, en sentencia de 15 de abril de 2025, ha dejado claro que no se puede agrandar la plaza invadiendo el paso común. Una vecina aparcaba un Porsche Cayenne, un Fiat 500 y una moto, de forma simultánea o alterna, saliéndose de su perímetro. El propietario de la plaza contigua denunció las molestias y las maniobras imposibles. El tribunal le ordena estacionar solo dentro de las líneas blancas de su plaza.

¿Qué ha decidido la Audiencia Provincial de Málaga y por qué?

La Audiencia Provincial de Málaga confirmó la condena del Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Málaga y consideró indebida la ocupación de la zona de rodadura del garaje (el vial común por el que circulan los vehículos). La conductora alegó que su plaza tenía 1,32 metros menos de lo que figura en el Registro de la Propiedad, pero esa diferencia no autoriza a invadir el paso ni a dificultar el uso del colindante.

Para ubicar el caso de un vistazo, estos son los datos esenciales que sustentan la decisión judicial:

ÓrganoFecha de la resoluciónJuzgado de origenLugarVehículos implicadosDiferencia de superficie alegadaOrden final
Audiencia Provincial de Málaga15 de abril de 2025Juzgado de Primera Instancia nº 18 de MálagaMálagaPorsche Cayenne, Fiat 500 y una moto1,32 metros menos que el RegistroEstacionar únicamente dentro de los límites de la plaza, sin ocupar la zona de rodadura

Además, el tribunal aplicó el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, que prevé la acción de cesación (la vía para que un juez ordene parar un uso indebido de elementos comunes cuando se perjudica a otro propietario). Un informe pericial aportado por el vecino acreditó que el Porsche Cayenne en la zona de rodadura interfería en el radio de giro necesario para entrar y salir con normalidad.

¿Puedo aparcar fuera de mi línea si mi plaza mide 1,32 metros menos que el Registro?

Tener una plaza más pequeña de lo que dice el Registro de la Propiedad no da permiso para ampliar a la brava invadiendo el paso común. La justicia fue clara: no se puede ocupar el vial común para aparcar, ni siquiera parcialmente, porque ese espacio está destinado al tránsito de vehículos.

De hecho, en este caso se constató que la vecina usaba de forma habitual su plaza para varios vehículos y dejaba margen adicional para abrir puertas, lo que suponía una ocupación significativa del espacio común y molestias reiteradas al colindante. Por consiguiente, la Audiencia mantuvo la orden de ceñirse a las líneas blancas tal y como está delimitada la plaza.

Cómo actuar si tu vecino invade la zona de rodadura del garaje

Si te ocurre lo mismo que al afectado en Málaga, este caso ofrece una hoja de ruta útil basada en lo que realmente pasó y en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.

  1. Documenta las molestias reiteradas y cómo se obstaculizan las maniobras de acceso y salida de tu plaza.
  2. Aporta un informe pericial que acredite la interferencia en el radio de giro o en el tránsito normal por la zona de rodadura.
  3. Presenta demanda de acción de cesación ante el Juzgado de Primera Instancia, invocando el uso indebido de elementos comunes.
  4. Solicita que se ordene aparcar únicamente dentro del perímetro delimitado por líneas blancas de la plaza y que cese el uso de la zona de rodadura.
  5. Si la otra parte recurre, ten presente que la Audiencia Provincial puede confirmar la orden cuando persisten los hechos acreditados.

En resumen, aparcar medio coche en el paso común no “agranda” la plaza por arte de magia. La sentencia de 15 de abril de 2025 en Málaga mandó parar esa práctica y priorizó el uso normal del garaje por parte del vecino colindante: líneas blancas por algo e

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