El Tribunal Supremo aplica la doctrina europea “Čakarević” y protege a una desempleada de 59 años que actuó de buena fe. La trabajadora, nacida en 1960, solicitó el subsidio para mayores de 52 años en marzo de 2019 y el SEPE lo aprobó. Dos años después, el organismo revisó el expediente, retiró la ayuda y reclamó 13.712,63 euros por los cobros entre marzo de 2019 y octubre de 2021. El Supremo anula esa obligación.
El Tribunal Supremo anula la devolución del subsidio para mayores de 52 años
El caso llegó al Alto Tribunal tras una primera sentencia del Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid favorable al SEPE. La desempleada recurrió porque no ocultó datos ni falseó información: aportó su documentación real y confió legítimamente en una resolución oficial.
Posteriormente, el SEPE apreció un fallo propio, relacionado con la fecha de acceso o la inscripción ininterrumpida, suspendió la prestación y exigió el reintegro total. ¿Qué ocurre si el error es de la Administración y el ciudadano actuó de buena fe? Aquí está la respuesta. Para visualizarlo de forma clara, esta es la cronología del expediente:
| Hito | Detalle |
|---|---|
| Marzo de 2019 | SEPE aprueba el subsidio para mayores de 52 años. |
| Mar. 2019–oct. 2021 | Cobros del subsidio que luego se reclamaron. |
| Revisión del SEPE | Se detecta error; se retira la ayuda y se exigen 13.712,63 €. |
| 2022 | El SEPE vuelve a reconocer la ayuda al cumplir requisitos. |
| Tribunal Supremo | Se anula la devolución y se estima el recurso. |
El SEPE cometió el error y la afectada actuó con transparencia.
Cómo actuó el SEPE y por qué su error no lo paga la persona
El Supremo aplica la doctrina “Čakarević” del TEDH: cuando el error es exclusivamente de las autoridades y el beneficiario no induce al fallo, no puede corregirse a costa de quien es vulnerable. Además, el subsidio es asistencial y de subsistencia.
El tribunal considera que pedir la devolución íntegra años después rompe el “justo equilibrio” y supone una carga individual excesiva. En consecuencia, revoca las resoluciones previas y deja sin efecto la deuda de 13.712,63 euros. En resumen, estas son las claves que conviene retener:
- Error del SEPE en la comprobación inicial del expediente.
- La beneficiaria actuó de buena fe, sin ocultar ni falsear datos.
- Es una prestación asistencial para quienes carecen de rentas propias.
- Requerir 13.712,63 € rompía el “justo equilibrio” y era desproporcionado.
- El Supremo aplica la doctrina europea y anula el reintegro.
Estas premisas orientan cómo deben afrontarse situaciones similares en las que la Administración generó una expectativa legítima.
Quién puede solicitar el subsidio para mayores de 52 años y por qué esta sentencia importa
Este subsidio está destinado a parados de larga duración que carecen de rentas. En 2022, el SEPE volvió a reconocérselo a la afectada cuando ya cumplía los requisitos, aunque mantenía la reclamación anterior que la colocaba en una situación financiera crítica.
El fallo del Supremo refuerza la “expectativa legítima” creada por una resolución administrativa y evita que los errores técnicos recaigan sobre personas vulnerables. ¿Y si te pasa algo parecido? Este criterio marca un camino claro para defender tus derechos.
