A cualquiera le incomoda que le filmen el patio trasero, y más cuando te enteras de que la vigilancia ajena apunta directo a tu tumbona. Eso le pasó a una familia en Grecia, que descubrió que las cámaras del vecino no solo cuidaban su parcela, también espiaban la de al lado. Tras varias peticiones formales, silencios administrativos y un buen puñado de excusas, el caso terminó encima de la mesa de la Autoridad de Protección de Datos.
Dos años, un informe técnico y varios giros de cámara después, la sanción se ha cerrado con un sablazo de 3.000 € por cabeza para los propietarios de los objetivos indiscretos. Todo, por saltarse las normas de privacidad igual que quien se cuela en la cola del súper. ¿Quieres saber cómo se destapó el pastel y qué puedes hacer si te ocurre algo parecido? Sigue leyendo.
¿Qué pasó exactamente en esa parcela griega?
En mayo de 2022 la parte afectada presentó denuncia: los vecinos habían instalado tres cámaras alegando robos y desperfectos en su terreno, donde gestionan una vivienda y varios restaurantes. Sin embargo, las ópticas no se quedaban dentro de los límites de la finca, sino que barrían también la propiedad colindante. Para demostrarlo se aportaron fotos, especificaciones técnicas e incluso un vídeo en el que una de las cámaras gira con toda la soltura del mundo.
A requerimiento oficial, los denunciados respondieron que solo había dos cámaras operativas, orientadas a su patio, sin grabación externa y con una tarjeta que borra todo a los cinco días. Añadieron un certificado de una empresa de seguridad y justificaron su silencio inicial porque, según ellos, no guardaban imágenes suficientes. El problema es que la Fiscalía sí recibió grabaciones donde se aprecia cómo los dispositivos podían moverse y capturar la casa del denunciante. Para rematar, el tercer artefacto resultó no ser “de atrezo”, como alegaron, sino un aparato real aunque, dijeron, “averiado y desenfocado por fenómenos meteorológicos”.
¿Por qué la Autoridad de Protección de Datos les ha puesto 6.000 € de multa?
La investigación detectó incongruencias en cada versión que los acusados entregaron. La Autoridad concluyó que actuaron como controladores (es decir, responsables del tratamiento de los datos grabados) y que su sistema no entraba en la “excepción doméstica” porque el campo de visión se extendía más allá de su terreno. Además, la falta de respuesta a la primera solicitud de imágenes se valoró como agravante.
El mazazo económico fue claro: 3.000 € para cada propietario, 6.000 € en total, recordándoles que mantener cámaras activas en un edificio donde también hay actividad empresarial no se puede justificar como simple uso personal. Y sí, duele más que la factura de la luz en pleno agosto, pero así funciona la burocracia cuando las excusas pierden nitidez.
¿Cómo puedes defender tu intimidad si tus vecinos apuntan con sus cámaras?
Antes de que el gran hermano de al lado te amargue las barbacoas, hay varias medidas sencillas (y legales) que puedes tomar.
- Solicita por escrito la retirada o reorientación de las cámaras y pide acceso a las grabaciones; hazlo mediante burofax o carta certificada para que quede constancia.
- Si no responden o se niegan, presenta denuncia ante la autoridad de protección de datos de tu país; adjunta fotos, vídeos y cualquier documento técnico que demuestre el ángulo de grabación.
- Guarda copia de todas las comunicaciones; el silencio administrativo juega a tu favor y se considera un agravante, como ha quedado claro en esta resolución griega.
Estos pasos no solo refuerzan tu posición jurídica; también facilitan que la investigación avance sin fisuras y que, si corresponde, la multa caiga donde tiene que caer.