Los controles en la circulación presentan distintos puntos a los que hay que prestar atención, según lo indica la DGT, encargada de oficializar las restricciones temporales para que los conductores puedan circular de la mejor manera posible y que la convivencia en las vías sea aún más fluida. En este caso, una actualización sorprende al modificar una norma que parecía inmutable con el tiempo en relación con ciertos medicamentos que una persona puede o no consumir antes de conducir. Esto podría traer problemas en la renovación del carné si el interesado así lo solicita.
Cuidado con los medicamentos no permitidos por la DGT
Para la renovación o gestión del permiso de conducción, muchas veces se considera la edad y el tipo de permiso, determinando así su periodo de validez. Si bien no es obligatorio un examen exhaustivo, mientras el permiso esté en vigor conforme a la normativa de la DGT. En línea con esto, existen ciertas prohibiciones médicas o restricciones legales que pueden afectar a muchos en su vida diaria, pero que, en contrapartida, refuerzan la seguridad vial, asegurando que los conductores estén en condiciones adecuadas para conducir. Aquellos con ciertas enfermedades supervisadas por la Dirección General de Tráfico (DGT) deben tomar precauciones especiales.
De este modo, ciertos medicamentos están restringidos si tienes problemas de salud que puedan repercutir en tu desempeño como conductor. Ahí es donde cobran relevancia los exámenes de tipo cardíaco, psicológico y neurológico, que determinan si la persona está en plenas facultades. Si los resultados de estos estudios son negativos y se detecta alguna enfermedad o síntoma como un infarto reciente, el afectado deberá esperar una recuperación prolongada antes de poder renovar su carné de conducir otorgado por la DGT.
En esta línea, problemas psicológicos también pueden incidir en las prohibiciones o restricciones al volante, ya que los medicamentos para tratarlos pueden figurar en la lista de los no permitidos para conducir. Aunque pueda sorprender, el control de la insulina, indispensable para personas diabéticas, también es relevante para garantizar que no sufran complicaciones mientras conducen. Todo deberá estar avalado por un certificado médico que permita, o no, la conducción.
Lista de medicamentos prohibidos o restringidos
A pesar de lo mencionado, la DGT ha aclarado mediante un comunicado qué medicamentos no deben pasarse por alto. Ya que están prohibidos o requieren de control médico para renovar el carné. Dado que estos medicamentos pueden reducir reflejos o causar somnolencia, es fundamental considerar lo siguiente:
- Ansiolíticos.
- Antidepresivos.
- Insulina.
- Opiáceos.
- Analgésicos fuertes.
- Antihistamínicos para alergias.
Si consumes alguna de estas sustancias bajo prescripción médica, debes consultar con un especialista para confirmar que estás en condiciones de conducir, ya que podrías sufrir somnolencia, apnea o náuseas durante algún trayecto. El profesional te indicará si puedes obtener un certificado de aptitud médica que acredite las facultades necesarias para estar al volante y renovar tu carné con éxito. De no ser así, podrás realizar un proceso de recuperación y solicitarlo posteriormente. Recuerda estos consejos proporcionados por la DGT. Para más información, puedes encontrar artículos relacionados en nuestro portal.